DECLARACIÓN DE POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS
Therus Network
POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS
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INTRODUCCIÓN
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Propósito de las Políticas y Estatus de Contratista Independiente
- Que las empresas Infinity GN, LLC y Therus Network USA Ltd, (en adelante denominada como “Therus Network”), o simplemente “La Compañía”, conforman un grupo empresarial dedicado a ofrecer servicios de educación y capacitación financiera y empresarial mediante la plataforma digital de Therus Network (en adelante denominada la “Plataforma”). Therus Network comercializa sus servicios a través de canales de venta directa a clientes minoristas ("Clientes") y a través de una red de propietarios de negocios independientes, conocidos como Ejecutivos Independientes. La Compañía ha establecido estas Políticas y Procedimientos para definir con claridad la relación que existe entre los Ejecutivos Independientes y la Compañía, así como establecer explícitamente un estándar de conducta comercial aceptable.
- Los Ejecutivos Independientes de la Compañía están obligados a cumplir: (i) todos los términos y condiciones establecidos en el Acuerdo de Ejecutivos Independientes, que la Compañía puede modificar de vez en cuando a su entera discreción; (ii) todas las leyes federales, estatales y/o locales que rigen su Compañía negocio; y (iii) estas Políticas y Procedimientos y todos los acuerdos incorporados en este documento.
- Los Ejecutivos Independientes deben revisar cuidadosamente la información contenida en estas Políticas y Procedimientos. En caso de que un Ejecutivo Independiente tenga alguna pregunta con respecto a una política o regla, se alienta al Ejecutivo Independiente a buscar una respuesta de su Patrocinador o de cualquier otro Ejecutivo Independiente de línea ascendente. En caso de que se necesiten más aclaraciones, el Ejecutivo Independiente podrá ponerse en contacto con La Compañía Servicio de Atención al Cliente en: [email protected]
- Relación comercial independiente; Indemnización por acciones
- Un Ejecutivo Independiente de la Compañía es un contratista independiente y no un comprador de una franquicia u oportunidad de venta. Por lo tanto, el éxito de cada Ejecutivo Independiente depende de sus esfuerzos independientes.
- El Acuerdo entre la Compañía y sus Ejecutivos Independientes no crea una relación empleador/empleado, agencia, asociación o empresa conjunta entre la Compañía y el Ejecutivo Independiente.
- Un Ejecutivo Independiente de la Compañía no será tratado como un empleado de la Compañía para ningún propósito, incluidos, entre otros, los fines fiscales federales o estatales. Todos los Ejecutivos Independientes son responsables de pagar los impuestos federales, estatales y locales adeudados por todas las compensaciones obtenidas como Ejecutivos Independientes de la Compañía. Cualquier otra compensación recibida por los Ejecutivos Independientes de la Compañía se regirá por las leyes fiscales aplicables de los EE. UU. (o las leyes fiscales de cualquier otra jurisdicción aplicable). El Ejecutivo Independiente no tiene autoridad expresa o implícita para obligar a la Compañía a ninguna obligación o para hacer compromisos por o en nombre de la Compañía. Cada Ejecutivo Independiente, ya sea que actúe como administración de una Entidad Comercial o esté representado como individuo, establecerá sus propios objetivos, horarios y métodos de operación y venta, siempre y cuando cumplan con los Términos del Acuerdo Ejecutivo Independiente, estas Políticas y Procedimientos y las leyes y regulaciones federales, estatales y locales aplicables.
- El Ejecutivo Independiente de la Compañía es totalmente responsable de todas sus comunicaciones verbales y escritas realizadas con respecto a los productos, servicios y el Plan de Compensación de la Compañía que no estén expresamente contenidas en los materiales oficiales de la Compañía. Los Ejecutivos Independientes indemnizarán y eximirán de responsabilidad a la Compañía, sus directores, funcionarios, empleados, proveedores de productos y agentes de cualquier responsabilidad, incluidas sentencias, sanciones civiles, reembolsos, honorarios de abogados y costos judiciales incurridos por la Compañía como resultado de las representaciones o acciones no autorizadas del Ejecutivo Independiente. Esta Disposición sobrevivirá a la terminación del Acuerdo Ejecutivo Independiente de la Compañía .
- Los Ejecutivos Independientes no pueden contestar el teléfono diciendo "Therus", "Therus Network" o de cualquier otra manera que haga creer a la persona que llama que ha llegado a las oficinas corporativas de la Compañía. Un Ejecutivo Independiente solo puede declarar que es un Ejecutivo Independiente de la Compañía. Por lo tanto, toda la correspondencia y las tarjetas de presentación relacionadas con o en relación con el negocio de la Compañía de un Ejecutivo Independiente contendrán el nombre del Ejecutivo Independiente seguido del término "Ejecutivo Independiente".
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Declaración de Compromiso Mutuo
- La Compañía reconoce eso con el fin de desarrollar una relación a largo plazo y mutuamente gratificante con sus Ejecutivos Independientes y Clientes. La Compañía y sus Ejecutivos Independientes deben reconocer y respetar la verdadera naturaleza de la relación entre ellos.
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En un espíritu de respeto y comprensión mutuos, la Compañía se compromete a:
- Proporcionar un servicio y comunicación rápida, profesional y cortes a todos sus Ejecutivos Independientes y Clientes;
- Proporcionar el más alto nivel de productos/servicios de calidad a precios justos y razonables;
- Reembolsar el precio de compra de cualquier producto, servicio o membresía según lo dispuesto en nuestro Política de Reembolso;
- Pagar las comisiones de manera precisa y oportuna; y cuando ello no sea viable por existir cualquier situación anormal en el mercado que genere dificultades de flujo de caja se procederá a realizar un ofrecimiento de compensación en los mismos términos que se atiende el programa de lealtad conforme a los Términos y Condiciones, Sección IV, numeral 9.
- Ofrecer a los Ejecutivos Independientes la oportunidad de crecer con la Compañía.
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A cambio, la Compañía espera que sus Ejecutivos Independientes:
- Comportarse de manera profesional, honesta y considerada;
- Presentar la Compañía y la información de los productos o servicios de manera precisa y profesional de acuerdo con estas Políticas y Procedimientos y las leyes y regulaciones aplicables;
- Presentar el Plan de Compensación, la oportunidad y la Política de Reembolso de manera completa y precisa;
- No hacer declaraciones de ingresos exageradas o sin fundamento;
- Hacer esfuerzos razonables para apoyar a los Clientes y para apoyar y capacitar a los Ejecutivos Independientes en su línea descendente, mientras se tiene precaución para evitar interferencias con otras líneas descendentes;
- No participar en “cross-line recruiting”, actos de competencia desleal,o prácticas comerciales poco éticas;
- Completar y presentar con precisión el Acuerdo Ejecutivo Independiente y cualquier documentación de respaldo solicitada de manera oportuna; y
- Abstenerse de actuar de cualquier manera que pueda constituir acoso de cualquier tipo, dicha conducta puede incluir, entre otros, comentarios despectivos o amenazantes, comportamiento sexual inapropiado, incluidos, entre otros, avances sexuales no deseados o solicitudes de favores sexuales, mostrar imágenes visuales de naturaleza sexual, acoso físico o verbal o comportamiento violento. Se recomienda encarecidamente a los ejecutivos independientes que denuncien cualquier tipo de incidente de acoso de inmediato. La Compañía no tolerará actos o amenazas de violencia u otras acciones violatorias e investigará todos los informes y no dudará en disciplinar o despedir a un Ejecutivo Independiente que se determine que ha violado esta disposición.
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Políticas y Plan de Compensación Incorporados en el Acuerdo Ejecutivo Independiente
- Cuando se utilizan los términos "Acuerdo", "Políticas" o "Políticas y Procedimientos" en este documento, los términos se refieren colectivamente a estas Políticas y Procedimientos, la Declaración de Divulgación de Ingresos, la Política de Privacidad, el Plan de Compensación, el Acuerdo Ejecutivo Independiente, si corresponde, el Formulario de Registro de Entidad Comercial y cualquier otro elemento que la Compañía pueda incorporar de vez en cuando que forme parte del contrato entre la Compañía y el Ejecutivo Independiente. Es responsabilidad del Ejecutivo Independiente Patrocinador proporcionar la versión más actualizada de estas Políticas y Procedimientos (disponibles en el sitio web de la Compañía o previa solicitud), la Declaración de Divulgación de Ingresos más actualizada y el Plan de Compensación de la Compañía a cada solicitante antes de la ejecución del Acuerdo de Ejecutivo Independiente. Cualquier Ejecutivo Independiente puede recibir estos documentos previa solicitud a Cumplimiento de la Compañía.
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Cambios, enmiendas o modificaciones
- Debido a que las leyes y regulaciones federales, estatales y locales, así como el entorno comercial, cambian periódicamente, la Compañía se reserva el derecho de modificar el Acuerdo, los precios de los productos/servicios de la Compañía, la forma de pago de las bonificaciones y el plazo para hacerlo a su entera y absoluta discreción. La notificación de las modificaciones aparecerá en los Materiales Oficiales de la Empresa. Las disposiciones enmendadas se aplicarán retroactivamente a las conductas que ocurrieron antes de la fecha de entrada en vigor de la(s) enmienda(s), excepto y solo en el caso de que el Ejecutivo Independiente manifieste expresamente que rechaza la enmienda o modificación, en cuyo caso se dará por terminada la relación comercial manteniendo a favor del Ejecutivo Independiente el marco legal previo..
- SIN PERJUICIO DE CUALQUIER DISPOSICIÓN EN CONTRARIO ANTERIOR, CUALQUIER ENMIENDA POR PARTE DE LA COMPAÑÍA A LA SECCIÓN DE RESOLUCIÓN DE DISPUTAS EN ESTE DOCUMENTO SOLO ENTRARÁ EN VIGOR CON EL ACUERDO EXPRESO DE UN EJECUTIVO INDEPENDIENTE A DICHA ENMIENDA. UN EJECUTIVO INDEPENDIENTE PUEDE INDICAR QUE ESTÁ DE ACUERDO CON DICHA ENMIENDA PROPUESTA SIGUIENDO LAS INSTRUCCIONES QUE ACOMPAÑAN A LA ENMIENDA PROPUESTA QUE APARECERÁN AL INICIAR SESIÓN EN EL SITIO WEB CORPORATIVO O EN EL SITIO WEB PERSONAL DEL EJECUTIVO INDEPENDIENTE. LA COMPAÑÍA PUEDE RESCINDIR EL ACUERDO DE EJECUTIVO INDEPENDIENTE DE CUALQUIER EJECUTIVO INDEPENDIENTE QUE NO ESTÉ DE ACUERDO CON UNA ENMIENDA PROPUESTA A LA SECCIÓN DE RESOLUCIÓN DE DISPUTAS DENTRO DE LOS TREINTA (30) DÍAS POSTERIORES A LA FECHA DE VIGENCIA DE LA ENMIENDA. CUALQUIER ENMIENDA DE ESTE TIPO SE APLICARÁ A TODAS LAS RECLAMACIONES PRESENTADAS POR LA EMPRESA O EL EJECUTIVO INDEPENDIENTE A PARTIR DE LA FECHA DE ENTRADA EN VIGOR DE LA ENMIENDA, INDEPENDIENTEMENTE DE LA FECHA DE OCURRENCIA O ACUMULACIÓN DE CUALQUIER HECHO SUBYACENTE A DICHA RECLAMACIÓN.
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Los efectos de esta Sección y otros dentro de estas Políticas y Procedimientos, es imperativo que los Ejecutivos Independientes mantengan toda la información de contacto actualizada para cualquier enmienda, cambio o modificación que entrará en vigencia inmediatamente después de la notificación por uno de los siguientes métodos:
- Publicación en el sitio web oficial de la Compañía;
- Correo electrónico (e-mail); o
- Por escrito a través de boletines informativos u otros canales de comunicación de la Compañía.
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Retrasos
- La Compañía no será responsable de retrasos o fallas en el cumplimiento de sus obligaciones cuando dicho incumplimiento se deba a circunstancias fuera de su control razonable. Esto incluye, entre otros, huelgas, dificultades laborales, dificultades de transporte, disturbios, guerras, incendios, clima, pandemias, restricciones de una fuente de suministro o decretos u órdenes gubernamentales. La Compañía informará a los Ejecutivos Independientes y a los Clientes con cualquier actualización sobre cualquier demora sobre una base razonable lo mejor que pueda la Compañía para la circunstancia particular detrás de dicha demora.
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Propósito de las Políticas y Estatus de Contratista Independiente
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PRINCIPIOS BÁSICOS
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Convertirse en un ejecutivo independiente
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Para convertirse en un Ejecutivo Independiente, un solicitante debe cumplir con los siguientes requisitos:
- Tener al menos dieciocho (18) años de edad;
- Tener una dirección válida en (i) los Estados Unidos; (ii) los territorios de Puerto Rico o Islas Vírgenes de los Estados Unidos (colectivamente, "Territorios de los Estados Unidos"); o (iii) unabase militar U.S. o embajada de los EE. UU. (es decir, una dirección postal del ejército, fuerza aérea, de fuerzas navales, o dirección Diplomática de Correos) (colectivamente, "Jurisdicciones de EE. UU."). No se puede usar un apartado postal (que no sea en una base militar de los EE. UU. o en un Oficina de Correos Diplomática).
- Tener un número de identificación de contribuyente válido (es decir, Número de Seguro Social (SSN), Número de Identificación Fiscal Federal (Número de Identificación del Empleador-EIN), Número de Identificación Personal del Contribuyente (ITIN)) que no esté asociado con una cuenta de Ejecutivo Independiente existente;
- Presentar un Acuerdo Ejecutivo Independiente debidamente completado y firmado a la Compañía ;
- Presentar el pago de la cuota de inscripción no comisionable;
- Proporcionar una dirección de correo electrónico que no esté ya asociada con una cuenta de Ejecutivo Independiente existente; y
- Presentar, si corresponde, el formulario de Registro de Entidad Comercial si el Ejecutivo Independiente desea inscribirse como una entidad comercial.
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Nuevo Registro de Ejecutivos Independientes
- Un posible nuevo Ejecutivo Independiente puede autoinscribirse en el sitio web corporativo de la Compañía o en el sitio web replicado de un Patrocinador. La Compañía aceptará un Acuerdo Ejecutivo Independiente electrónico a través de la inscripción en línea y la "firma electrónica" en lugar de una copia física firmada. Esta firma electrónica significa que el nuevo Ejecutivo Independiente ha aceptado los términos y condiciones del Acuerdo de Ejecutivo Independiente. Tenga en cuenta que dicha firma electrónica constituye un acuerdo legalmente vinculante entre usted y la Compañía.
- La Compañía se reserva el derecho, a su entera discreción, de exigir documentación firmada para cualquier cuenta, independientemente de su origen.
- En caso de ser solicitado, el Acuerdo Ejecutivo Independiente firmado deberá ser recibido por la Compañía dentro de los siete (7) días posteriores a la inscripción, a menos que se indique lo contrario por escrito.
- Los documentos firmados son contratos legalmente vinculantes que no deben ser alterados, manipulados o cambiados de ninguna manera después de haber sido firmados. La información falsa o engañosa, las firmas falsificadas o las alteraciones de cualquier documento realizadas después de que un documento haya sido firmado pueden dar lugar a sanciones, que incluyen, entre otras, la terminación involuntaria de los negocios del Ejecutivo Independiente.
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Derechos concedidos
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Sujeto a la Aceptación por parte de la Compañía del registro del Ejecutivo Independiente, la Compañía otorga al Ejecutivo Independiente un derecho no exclusivo, basado en los términos y condiciones contenidos en el Acuerdo de Ejecutivo Independiente y estas Políticas y Procedimientos para:
- Promocionar y vender los productos/servicios de la Compañía; y
- Patrocinar nuevos Ejecutivos y Clientes Independientes en los países en los que opera la Compañía.
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Números de identificación
- Al momento de la inscripción, la Compañía proporcionará un Número de Identificación único de Ejecutivo Independiente/Compañía al Ejecutivo Independiente mediante el cual serán identificados. Este número se utilizará para realizar pedidos, estructurar organizaciones y realizar un seguimiento de las comisiones y bonificaciones.
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Un negocio por ejecutivo independiente.
- Un Ejecutivo Independiente puede operar o tener un interés de titularidad, legal o patrimonial, como individuo, propietario individual, socio, accionista, fideicomisario o beneficiario, en solo un único negocio de la Compañía. Ninguna persona puede tener, operar o recibir compensación de más de un negocio de la Compañía. Los individuos de la misma unidad familiar pueden entrar o tener un interés en sus propios negocios separados de la Compañía solo si cada posición familiar subsiguiente se coloca en primera línea para el primer miembro de la familia inscrito. Una "unidad familiar" se define como cónyuges e hijos dependientes que viven o hacen negocios en la misma dirección. El término unidad familiar puede ampliarse a discreción de la Compañía caso por caso con el fin de cumplir con la intención de esta disposición.
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Renovaciones y Vencimiento del Acuerdo de Ejecutivo Independiente
- Un Ejecutivo Independiente debe cumplir con todas las obligaciones descritas en este documento y dentro del Plan de Compensación de la Compañía para permanecer activo y elegible para comisiones dentro de la oportunidad.
- Si el Ejecutivo Independiente permite que su Acuerdo de Ejecutivo Independiente caduquen debido a que no cumple con alguna de las obligaciones requeridas, el Ejecutivo Independiente perderá todos y cada uno de los derechos sobre su organización de línea descendente a menos que el Ejecutivo Independiente se reactive dentro de los sesenta (60) días siguientes a la expiración del Acuerdo o reciba una comunicación escrita de la Compañía en sentido contrario.
- Si el antiguo Ejecutivo Independiente se reactiva dentro del plazo de 60 días, el Ejecutivo Independiente volverá a ocupar el rango y la posición que ocupaba inmediatamente antes de la expiración del Acuerdo de Ejecutivo Independiente. Sin embargo, el nivel de pago de dicho Ejecutivo Independiente no se restablecerá a menos que su posición o su entidad califique en ese nivel de pago en el nuevo mes. El Ejecutivo Independiente no es elegible para recibir comisiones por el período de tiempo en que el negocio del Ejecutivo Independiente estuvo inactivo/expirado.
- Cualquier Ejecutivo Independiente que haya sido rescindido o cuyo Acuerdo haya expirado y caducado el período de gracia de 60 días no es elegible para volver a solicitar un negocio de la Compañía durante los doce (12) meses posteriores al vencimiento del Acuerdo Ejecutivo Independiente, a menos que la Compañía otorgue una excepción a discreción exclusiva de la Compañía para ese Ejecutivo Independiente en particular.
- La línea descendente del Ejecutivo Independiente inactivo/vencido se transferirá al Patrocinador de línea ascendente activo inmediato, o según se determine a discreción exclusiva de la Compañía para proteger la integridad de la genealogía y evitar cualquier posible manipulación de la misma.
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Entidades comerciales
- Una Entidad Comercial puede ocupar un puesto de Ejecutivo Independiente a través del Formulario de Registro de Entidad Comercial. Este negocio y cargo de Ejecutivo Independiente se mantendrán temporal hasta que se presenten los documentos adecuados. El Formulario de Registro de Entidad Comercial estipula los documentos específicos necesarios para la presentación para el tipo de entidad en particular, incluidos, entre otros: Certificado de Incorporación, Artículos de Organización, Acuerdo Ejecutivo Independiente o documentos de Fideicomiso apropiados. La Compañía debe recibir estos documentos dentro de los siete (7) días a partir de la fecha en que se firmó el Acuerdo Ejecutivo Independiente, a menos que la Compañía indique lo contrario por escrito firmado.
- Un Ejecutivo Independiente puede cambiar su estatus bajo el mismo Patrocinador de un individuo a una Entidad Comercial o de una entidad comercial a otra previa solicitud a la Compañía. Cada Ejecutivo Independiente debe notificar inmediatamente a la Compañía de cualquier cambio en el tipo de Entidad Comercial que utilizan para operar su negocio de la Compañía y la adición o eliminación de socios comerciales. El formulario de Acuerdo Ejecutivo Independiente debe ser firmado por todos los accionistas, socios o fideicomisarios. Los miembros de la entidad son solidariamente responsables de cualquier deuda u otra obligación con la Compañía. La Compañía será responsable de ponerse en contacto con la entidad comercial a través del correo electrónico u otra información de contacto proporcionada y la Compañía no tiene la obligación de ponerse en contacto con todas las partes que puedan estar asociadas con la Entidad comercial.
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Aprobación o respaldo gubernamental
- No hay aprobaciones federales o estatales para ninguna empresa de ventas directas o sus planes de compensación. Cualquier declaración en contrario es falsa y una violación directa de estas Políticas y Procedimientos.
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Sujeto a la Aceptación por parte de la Compañía del registro del Ejecutivo Independiente, la Compañía otorga al Ejecutivo Independiente un derecho no exclusivo, basado en los términos y condiciones contenidos en el Acuerdo de Ejecutivo Independiente y estas Políticas y Procedimientos para:
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Para convertirse en un Ejecutivo Independiente, un solicitante debe cumplir con los siguientes requisitos:
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Convertirse en un ejecutivo independiente
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RESPONSABILIDADES EJECUTIVAS INDEPENDIENTES
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Formación y Liderazgo
- Cualquier Ejecutivo Independiente que patrocine a otro Ejecutivo Independiente en la Compañía deben realizar una auténtica función de asistencia y capacitación para garantizar que su línea descendente esté funcionando correctamente. Los Ejecutivos Independientes Patrocinadores deben tener contacto y comunicación continuos con los Ejecutivos Independientes en sus organizaciones de línea descendente. Los ejemplos de comunicación pueden incluir, pero no se limitan a, boletines informativos, correspondencia escrita, teléfono, llamadas de equipo, correo de voz, correo electrónico, reuniones personales, acompañamiento de ejecutivos independientes de línea descendente a La Compañía reuniones, sesiones de formación y cualquier otra función Ejecutivo Independiente considera necesario para promover su negocio independiente.
- Un Ejecutivo Independiente Patrocinador debe monitorear a los Ejecutivos Independientes en sus organizaciones de línea descendente para asegurarse de que los Ejecutivos Independientes de línea descendente no hagan afirmaciones inapropiadas sobre productos, ingresos u oportunidades ni participen en ninguna conducta ilegal o inapropiada.
- Se anima a los Ejecutivos Independientes de la línea ascendente a motivar y capacitar a los nuevos Ejecutivos Independientes sobre la Compañía sus productos y servicios, técnicas de venta efectivas, la Compañía Plan de Compensación y cumplimiento de las Políticas y Procedimientos de la Compañía.
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Crítica constructiva; Ética
- La Compañía desea proporcionar a sus Ejecutivos Independientes los mejores productos, servicios y Plan de Compensación en la industria. En consecuencia La Compañía valora la crítica constructiva y anima a la presentación de comentarios por escrito dirigidos a: La Compañía Departamento de Cumplimiento: [email protected]
- Los ejecutivos independientes deben mostrar justicia, tolerancia y respeto a todas las personas asociadas con La Compañía, independientemente de la raza, el género, la orientación sexual, la clase social, la religión u otro, fomentando así una atmósfera positiva de trabajo en equipo, buena moral y espíritu comunitario.
- Los Ejecutivos Independientes se esforzarán por resolver los problemas comerciales sin la intervención de la Compañía, incluidas las situaciones con Ejecutivos Independientes de línea ascendente y descendente, enfatizando el tacto, la buena voluntad y teniendo cuidado de no crear problemas adicionales. Como contratistas independientes, Ejecutivos Independientes son responsables de sus propias acciones y disputas. La Compañía intervendrá solo en situaciones extremas en las que las disputas causen más problemas a la Compañía en su conjunto.
- Los ejecutivos independientes deben ser honestos, responsables, profesionales y comportarse con integridad en todo momento.
- Los Ejecutivos Independientes siempre deberán presentar información precisa, como las exenciones de responsabilidad adecuadas y el acceso a la Declaración de Divulgación de Ingresos, al alentar a los prospectos a unirse a la Compañía. Además, como Ejecutivo Independiente, usted se compromete a nunca intimidar ni participar en prácticas ilegales de reclutamiento, incluida cualquier sugerencia de que son necesarias compras excesivas para participar en Empresa o para tener éxito como empresa Ejecutivo Independiente.
- Los Ejecutivos Independientes siempre deben presentar sus manifestaciones de ingresos y la oportunidad de hacer negocios de manera clara y veraz, y nunca ofrecer afirmaciones atípicas de ingresos que puedan inducir a error o engañar a un posible Ejecutivo Independiente.
- La Compañía puede tomar las medidas apropiadas contra un Ejecutivo Independiente si determina, a su entera discreción, que la conducta de un Ejecutivo Independiente es perjudicial, perturbadora o perjudicial para la Compañía o a otros Ejecutivos Independientes.
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No menosprecio
- Los Ejecutivos Independientes no harán ninguna declaración oral, escrita o electrónica que menosprecie, difame o refleje negativamente a la Compañía o a cualquiera de los afiliados, proveedores, propietarios, miembros de la junta, directores, funcionarios, empleados, otros Ejecutivos Independientes, los productos o servicios de la Compañía o el Plan de Compensación de la Compañía. Los Ejecutivos Independientes tampoco harán declaraciones que ofendan, induzcan a error o coaccionen a otros de manera irrazonable. Dicha conducta representa un incumplimiento material de estas Políticas y puede resultar en que la Compañía sancione o discipline a los Ejecutivos Independientes de acuerdo con estas Políticas y Procedimientos, según la Compañía lo considere apropiado a su entera discreción para el caso particular en cuestión.
- Esta disposición de no menosprecio no se interpretará de ninguna manera para aplicarse a aquellas personas o entidades que simplemente compran y / o consumen los productos o servicios de la Compañía. La Ley de Equidad en las Reseñas del Consumidor (CRFA, por sus siglas en inglés) prohíbe la prohibición de las reseñas de los consumidores, pero la Compañía está en todo su derecho de prohibir los comentarios despectivos de aquellas personas o entidades que actúan como empleados o contratistas independientes que comercializan y venden productos de la Compañía. Por lo tanto, la CRFA no se aplica aquí a los Ejecutivos Independientes que son contratistas independientes en todos los aspectos.
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Denuncia de violaciones de la política
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Un Ejecutivo Independiente que observe una violación de la política por parte de otro Ejecutivo Independiente debe presentar una carta escrita y firmada
(no se aceptará correo electrónico)
de la violación directamente a la Compañía Oficina corporativa. En la carta se expondrán los detalles del incidente de la siguiente manera:
- La naturaleza de la violación y los hechos específicos que respaldan las acusaciones;
- Fechas y número de ocurrencias;
- La persona o personas involucradas; y
- Documentación acreditativa.
- Una vez que el asunto ha sido presentado a la Compañía, el Departamento de Cumplimiento de la Compañía investigará el informe a fondo y decidirá qué acción, si la hay, se debe tomar.
- Esta sección se refiere a la denuncia general de violaciones de políticas observadas por otros Ejecutivos Independientes para el esfuerzo mutuo de apoyar, proteger y defender la integridad de la Compañía oportunidad de negocio y ventas. Si un Ejecutivo Independiente tiene una queja o reclamo contra otro Ejecutivo Independiente que se relaciona directamente con su Compañía negocio, se deben seguir los pasos establecidos en estas Políticas y Procedimientos.
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Un Ejecutivo Independiente que observe una violación de la política por parte de otro Ejecutivo Independiente debe presentar una carta escrita y firmada
(no se aceptará correo electrónico)
de la violación directamente a la Compañía Oficina corporativa. En la carta se expondrán los detalles del incidente de la siguiente manera:
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Patrocinio
- El Patrocinador es la persona que presenta a un Ejecutivo Independiente a la Compañía, les ayuda a completar su inscripción, y apoya y capacita a los miembros de su línea descendente.
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La Compañía reconoce al Patrocinador como el/los nombre(s) que se muestra en el primero:
- Firmando físicamente el Acuerdo Ejecutivo Independiente en archivo; o
- El Acuerdo Ejecutivo Independiente firmado electrónicamente desde el sitio web corporativo o desde el sitio web replicado de un Ejecutivo Independiente.
- Un Acuerdo Ejecutivo Independiente que contenga anotaciones como "por teléfono" o las firmas de otras personas (es decir, patrocinadores, cónyuges, parientes o amigos) no es válido y no será aceptado por la Compañía.
- La Compañía reconoce que cada nuevo prospecto tiene el derecho de elegir en última instancia a su propio Patrocinador, pero la Compañía no permitirá que los Ejecutivos Independientes participen en actividades de patrocinio poco éticas.
- Todos los Ejecutivos Independientes activos con buena reputación tienen el derecho de Patrocinar e inscribir a otros en la Compañía. Al participar en actividades de patrocinio, no es raro encontrar situaciones en las que más de un Ejecutivo Independiente puede contratar al mismo prospecto. Es la cortesía aceptada que el nuevo prospecto será patrocinado por el primer Ejecutivo Independiente que presentó una introducción completa a la Compañía productos/servicios u oportunidad de venta con cualquier disputa en cuanto a esta definición que será resuelta por la Compañía a discreción de la Compañía.
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Un Prospecto protegido es un huésped de cualquier Compañía Ejecutivo Independiente que asistió a un evento de la Compañía o llamada de conferencia. Durante los sesenta (60) días siguientes al evento, un Prospecto Protegido no puede ser solicitado ni patrocinado por ninguna otra persona. El Ejecutivo Independiente que asistió al mismo evento. Un evento de la Compañía puede definirse como, pero no se limita a lo siguiente:
- Cualquier sesión de entrenamiento;
- Llamada de conferencia;
- Reunión presencial; o
- Presentación, que incluye, entre otras, una presentación en casa de la Compañía patrocinada por la Compañía, un Ejecutivo Independiente, un Cliente o un agente o agencia designada por la Compañía.
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Prohibición de patrocinio cruzado
- "Patrocinio cruzado" se define como la inscripción en una línea diferente de patrocinio de un individuo o entidad comercial que ya tiene un Acuerdo Ejecutivo Independiente firmado. El patrocinio cruzado real o intento está estrictamente prohibido y puede someter al Ejecutivo Independiente a sanciones disciplinarias, que incluyen, entre otras, la terminación.
- El uso de otro nombre, nombres comerciales, nombres asumidos, nombres ficticios, números de identificación federales, números de identificación ficticios u otros métodos para evadir o eludir esta política no está permitido. La Compañía tiene el derecho absoluto de rechazar cualquier solicitud de Ejecutivo Independiente o terminar cualquier Acuerdo de Ejecutivo Independiente cuando la Compañía tenga razones para creer que se ha hecho esto.
- Esta política no prohíbe la transferencia de un negocio de la Compañía de acuerdo con la Política de Venta o Transferencia de la Compañía descrita en este documento y quedará a la discreción de la Compañía caso por caso.
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Cumplimiento de leyes, reglamentos y ordenanzas
- Como contratistas independientes y propietarios de negocios, los Ejecutivos Independientes son responsables de cumplir con todas las leyes y regulaciones federales, estatales y locales. Las ciudades y los condados también tienen leyes que regulan ciertos negocios basados en el hogar, y los Ejecutivos Independientes deben estar al tanto de sus ordenanzas locales para asegurarse de que estén operando adecuadamente.
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Cumplimiento de las Leyes Aplicables del Impuesto sobre la Renta
- La Compañía proporcionará automáticamente un formulario 1099-NEC completo (compensación para no empleados) a cada Ejecutivo Independiente de EE. UU. cuyas ganancias para el año sean de al menos $ 600 o que haya comprado más de $ 5,000 de la Compañía en productos para reventa, o que recibieron viajes, premios o reconocimientos valorados en $600 o más. Si las ganancias y las compras son inferiores a las indicadas anteriormente, estos formularios se enviarán solo a solicitud del Ejecutivo Independiente, y la Compañía puede cobrar una tarifa al Ejecutivo Independiente.
- Los Ejecutivos Independientes aceptan la responsabilidad exclusiva y acuerdan pagar todos los impuestos federales, estatales y locales sobre cualquier ingreso generado como Ejecutivo Independiente independiente, y además acuerdan indemnizar a la Compañía de la falta de pago de dichos montos impositivos a su vencimiento.
- El Ejecutivo Independiente es totalmente responsable de proporcionar cualquier estado de exención de impuestos a la Compañía.
- La Compañía alienta a todos los Ejecutivos Independientes a consultar con un asesor fiscal para obtener información adicional para su negocio. La Compañía no se hace responsable de las implicaciones fiscales que puedan experimentar los Ejecutivos Independientes.
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Acciones de los miembros del hogar o partes afiliadas
- Si algún miembro del hogar inmediato de un Ejecutivo Independiente participa en cualquier actividad que, si la realizara el Ejecutivo Independiente, violaría alguna disposición del Acuerdo, dicha actividad será considerada una violación por el Ejecutivo Independiente y la Compañía puede tomar medidas disciplinarias de conformidad con estas Políticas y Procedimientos contra el Ejecutivo Independiente. Si cualquier persona asociada de alguna manera con una Entidad Comercial viola el Acuerdo, dicha acción (s) se considerará una violación por parte de la Entidad Comercial, y la Compañía puede tomar medidas disciplinarias contra la Entidad Comercial. Si un Ejecutivo Independiente se inscribe en la Compañía como una Entidad Comercial, cada parte afiliada de la Entidad Comercial estará obligada personal e individualmente a los Términos y Condiciones del Acuerdo y deberá cumplir con ellos.
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No captación y otras restricciones comerciales
- Los Ejecutivos Independientes pueden participar en otras empresas comerciales de ventas directas, multinivel, mercadeo en red, mercadeo de afiliación o mercadeo relacional (colectivamente, "Mercadeo en Red"). Sin embargo, durante la Vigencia de este Acuerdo y durante un (1) año a partir de entonces, un Ejecutivo Independiente no puede reclutar a ningún Ejecutivo Independiente o Cliente para ningún otro negocio de Mercadeo en Red, a menos que ese Ejecutivo Independiente o Cliente haya sido patrocinado personalmente por dicho Ejecutivo Independiente. La oración anterior no se interpretará en el sentido de permitir que un Ejecutivo Independiente reclute a uno de sus Ejecutivos Independientes o Clientes de línea descendente en un esfuerzo por hacer que ese Ejecutivo Independiente haga lo mismo. La Compañía, a su entera discreción, tendrá la capacidad de hacer cumplir esta disposición según lo considere adecuado para cumplir tanto el propósito como el espíritu de esta disposición de no captación. El Ejecutivo Independiente no ofrecerá ningún tipo de información de contacto relacionada con cualquier Ejecutivo Independiente a otra parte con la intención de que la otra parte solicite/reclute a ese Ejecutivo Independiente para considerar cualquier producto, servicio u oportunidad de ingresos no relacionada con la Compañía.
- El término "reclutar" significa la solicitud, inscripción, estímulo o esfuerzo real o intento de influir de cualquier otra manera (ya sea directamente o a través de un tercero), a otro Ejecutivo Independiente o Cliente para que se inscriba o participe en cualquier oportunidad de Mercadeo en Red y el papel activo de desalentar a otros de inscribirse dentro de la oportunidad de la Compañía. Esta conducta representa reclutamiento, incluso si las acciones del Ejecutivo Independiente son en respuesta a una consulta realizada por otro Ejecutivo Independiente o Cliente.
- Los Ejecutivos Independientes nunca promoverán múltiples oportunidades de Mercadeo en Red o productos/servicios de otras oportunidades de Mercadeo en Red en las mismas plataformas en las que comercializan y venden productos/servicios de la Compañía, en cualquier evento, seminario, capacitación, convención o inmediatamente después de dicho evento. El Ejecutivo Independiente tampoco mostrará ni agrupará los productos o servicios de la Compañía en la literatura de ventas, en un sitio web o en reuniones de ventas con cualquier otro producto o servicio. Estas son restricciones razonables para evitar confundir o engañar a un posible Cliente o Ejecutivo Independiente para que crea que existe una relación entre la Compañía y los productos, servicios u oportunidades que no son de la Compañía y para evitar la solicitud indirecta.
- Durante la vigencia de este Acuerdo, con el fin de evitar responsabilidades legales relacionadas con la promoción de ayudas de ventas, usted, como Ejecutivo Independiente, no venderá materiales de capacitación o ayudas de ventas, incluidos libros publicados, libros electrónicos, videos u otras ayudas de capacitación misceláneas generales a su línea descendente u otros Ejecutivos Independientes con la aprobación previa por escrito de la Compañía.
- Una violación de cualquiera de las disposiciones de esta Sección constituirá una interferencia contractual irrazonable e injustificada entre la Compañía y sus Ejecutivos Independientes e infligiría un daño irreparable a la Compañía. En tal caso, la Compañía podrá, a su entera discreción, imponer cualquier sanción que considere necesaria y apropiada contra dicho Ejecutivo Independiente o los negocios de dicho Ejecutivo Independiente, incluida la terminación, o solicitar medidas cautelares inmediatas sin la necesidad de depositar una fianza.
- Si, en el momento de la aplicación de cualquier disposición de esta sección, un tribunal determina que la duración, el alcance o la restricción territorial de cualquier disposición aquí establecida es irrazonable en las circunstancias actuales o futuras, usted y la Compañía acuerdan que el tribunal sustituirá el período, el alcance o el territorio restringido máximo que sea razonable según las circunstancias.
- Si una entidad de Marketing en Red presenta una demanda, arbitraje o mediación contra un Ejecutivo Independiente alegando que el Ejecutivo Independiente participó en actividades de reclutamiento inapropiadas de su fuerza de ventas o Clientes, la Compañía no pagará los costos de defensa ni los honorarios legales del Ejecutivo Independiente, ni indemnizará al Ejecutivo Independiente por cualquier sentencia, laudo o acuerdo.
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Presentación de la Oportunidad de Venta
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Los Ejecutivos Independientes están obligados a cumplir con las siguientes disposiciones al presentar la oportunidad de venta de la Compañía:
- Los Ejecutivos Independientes nunca tergiversarán u omitirán ningún hecho material significativo sobre el Plan de Compensación.
- Los Ejecutivos Independientes nunca presentarán que es un requisito ni alentarán a otros a realizar una compra o pago a cualquier persona o entidad como condición para participar en las oportunidades que brinda la Compañía, aparte de las tarifas que puedan ser necesarias para la inscripción.
- Los Ejecutivos Independientes deberán dejar en claro que el Plan de Compensación se basa en la venta de productos y servicios de la Compañía a aquellos que utilizarán el producto o servicio.
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Los Ejecutivos Independientes deberán dejar en claro que el éxito solo puede lograrse a través de esfuerzos independientes sustanciales y deben abstenerse de tergiversaciones que incluyan, pero no se limiten a:
- Es un sistema llave en mano;
- El sistema hará el trabajo por usted;
- Simplemente ingrese y su línea descendente se construirá a través de un desbordamiento;
- La Compañía hace todo el trabajo por usted;
- Todo lo que tiene que hacer es comprar productos/servicios de la empresa todos los meses.
- Los anteriores son solo ejemplos de afirmaciones o representaciones inadecuadas. Los Ejecutivos Independientes nunca proporcionarán afirmaciones o representaciones que puedan llevar a un prospecto a creer que pueden tener éxito como Ejecutivos Independientes sin compromiso, esfuerzo y habilidad de ventas. Nada está garantizado. La Compañía se reserva el derecho de determinar lo que considera un reclamo inapropiado y disciplinar al infractor en consecuencia.
- Los Ejecutivos Independientes nunca harán proyecciones de ingresos, reclamaciones o garantías no autorizadas mientras presentan o discuten el Plan de Compensación. Todas las reclamaciones deben ser resultados típicos y deberán ir acompañadas de material oficial de la empresa.
- La Compañía mantendrá una Declaración de Divulgación de Ingresos ("IDS"). El IDS de la Compañía está diseñado para transmitir información veraz, oportuna, típica y completa sobre los beneficios que obtienen los Ejecutivos Independientes.
- Se considera que las afirmaciones de beneficios son cualquier afirmación que indique explícita o implícitamente la cantidad de beneficios que un Ejecutivo Independiente puede esperar obtener como Ejecutivo Independiente. Las afirmaciones hipotéticas y las declaraciones de estilo de vida se consideran afirmaciones de ingresos. Las afirmaciones hipotéticas incluyen escenarios como números que se proporcionan en ejemplos ilustrativos del Plan de Compensación.
- Cuando un Ejecutivo Independiente expone sus beneficios como Ejecutivo Independiente de la Compañía, la Compañía requiere explícitamente que cualquier declaración de ingresos, sin importar la plataforma o la manera, incluya una variación de lo siguiente: "Esta es mi historia única, ya que las ganancias reales pueden variar significativamente ya que no se garantizan ingresos ni beneficios. Pero para ver los promedios de ganancias típicos, haga clic aquí", y el "aquí" representa un enlace al IDS de la empresa.
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Los Ejecutivos Independientes están obligados a cumplir con las siguientes disposiciones al presentar la oportunidad de venta de la Compañía:
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El plan de compensación rige los requisitos de ventas
- El potencial de ganancias de ningún Ejecutivo Independiente o el éxito de su negocio estará condicionados a la cantidad de producto que un Ejecutivo Independiente compre personalmente. Está prohibida la compra de productos con el único propósito de recibir beneficios o alcanzar rango.
- La "Compra de Bonificaciones" está estricta y absolutamente prohibida. La Compra de Bonificaciones incluye, pero no se limita a: (i) la inscripción de personas o entidades sin el conocimiento y/o la ejecución de un Acuerdo por parte de dichas personas o Entidades Comerciales; (ii) la inscripción fraudulenta de una persona o entidad como Cliente/Ejecutivo Independiente; (iii) la inscripción o intento de inscripción de personas o Entidades Comerciales inexistentes como Clientes/Ejecutivos Independientes (conocidos como "fantasmas"); (iv) comprar productos o servicios de la Compañía en nombre de otro Cliente/Ejecutivo Independiente, o bajo el número de identificación de otro Cliente/Ejecutivo Independiente, para calificar para comisiones o bonificaciones; (v) comprar cantidades excesivas de productos o servicios que no se pueden utilizar razonablemente; (vi) la compra de cantidades de productos o servicios con fines de calificación; y/o (vii) cualquier otro mecanismo o artificio para calificar para el avance de rango, incentivos, premios, comisiones o bonificaciones que no esté impulsado por compras de productos o servicios de buena fe por parte de los consumidores usuarios finales.
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Formación y Liderazgo
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ORDENAMIENTO
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Políticas generales de pedidos
- Los Ejecutivos Independientes nunca utilizarán la tarjeta de crédito o la cuenta de cheques de débito de otro Cliente/Ejecutivo Independiente para inscribirse en la Compañía o comprar productos o servicios sin el consentimiento por escrito del titular de la cuenta.
- Con respecto a un pedido con un pago inválido o incorrecto, la Compañía intentará ponerse en contacto con el Ejecutivo Independiente a través del correo electrónico asociado al pedido con el fin de obtener otra forma de pago. Si estos intentos son infructuosos después de cinco (5) días hábiles, el pedido será cancelado y el Ejecutivo Independiente debe volver a enviar el pedido.
- Si un Ejecutivo Independiente desea trasladar una orden a la posición de otro Ejecutivo Independiente, debe contar con la autorización previa de todas las partes involucradas. La Compañía podrá cobrar al Ejecutivo Independiente una tasa por el trámite de esta solicitud.
- Todos los precios están sujetos a cambios sin previo aviso.
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Fondos insuficientes y falta de pago
- La Compañía se reserva el derecho de imponer una tarifa, suspender o cancelar una cuenta por fondos insuficientes. Esto se determinará caso por caso.
- Si hay un saldo pendiente adeudado a la Compañía por el Cliente/Ejecutivo Independiente, personal de un Ejecutivo Independiente de línea ascendente de cheques de fondos insuficientes, cheques devueltos o cargos por fondos insuficientes (ACH) serán retenidos por la Compañía de los futuros cheques de bonos y comisiones del Ejecutivo Independiente de Línea Ascendente caso por caso.
- Todas las transacciones que involucren cheques devueltos o fondos insuficientes a través de ACH o tarjeta de crédito, que el Ejecutivo Independiente no resuelva de manera oportuna, constituyen motivo de sanciones disciplinarias.
- Si se rechaza un pedido con tarjeta de crédito o débito automático la primera vez, se contactará al Ejecutivo Independiente para obtener una forma de pago alternativa. Si el pago se rechaza por segunda vez, el Ejecutivo Independiente puede ser considerado no elegible para comprar productos o servicios de la Compañía.
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Errores o preguntas
- Si un Ejecutivo Independiente tiene preguntas o cree que se han cometido errores con respecto a comisiones, bonos, informes comerciales, pedidos o cargos, el Ejecutivo Independiente debe notificar a la Compañía por escrito dentro de los treinta (30) días posteriores a la fecha del error o incidente en cuestión. Cualquier error, omisión o problema que no se comunique dentro de los treinta (30) días se considerará expresamente renunciado por el Ejecutivo Independiente.
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Políticas generales de pedidos
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PAGO DE COMISIONES Y BONIFICACIONES
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Calificaciones de bonos y comisiones
- Los Ejecutivos Independientes para calificar para bonificaciones y comisiones deben tener la condición un Ejecutivo Activo
- La Compañía no emitirá un pago a un Ejecutivo Independiente sin la recepción de un documento completado y firmado.
- La Compañía se reserva el derecho de posponer los pagos de bonos y comisiones hasta el momento en que el monto acumulado supere los $25.
- La empresa utiliza la compresión para su Plan de Compensación. La compresión ocurre cuando hay Ejecutivos Independientes Inactivos, Ejecutivos Independientes suspendidos, Ejecutivos Independientes terminados y otros casos en los que la Compañía considera, a su entera discreción, que la compresión es lo mejor para la Compañía. La compresión se define como el mecanismo en el que la genealogía se ha visto afectada para crear una ausencia en la genealogía que interrumpe la asignación de comisiones y bonificaciones. Por ejemplo, si un Ejecutivo Independiente está Inactivo, la compresión dará como resultado la búsqueda en la línea ascendente hasta que se localice un Ejecutivo Independiente Activo. A continuación, el volumen comisionable se "comprimirá" para incluir todo el volumen generado por las posiciones inactivas y desembolsará el volumen al siguiente Ejecutivo Independiente Activo. La Compañía no está obligada a comprimir el volumen de esta manera. En algunas situaciones, la Compañía puede ejercer su discreción para mantener el volumen para fines internos. La compresión se utilizará para continuar con la efectividad del plan de pago durante las condiciones temporales que pueden ocurrir cuando alguien no cumple con el requisito de "Activo" durante un período de pago, por ejemplo, Inactivo, suspensión, o deja la oportunidad por completo de dejar un vacío en la genealogía.
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Ajuste de bonos y comisiones para reembolsos
- Los Ejecutivos Independientes reciben bonificaciones y comisiones basadas en las ventas reales de productos y servicios a los consumidores finales. Cuando se reembolsa un producto o servicio, las bonificaciones y comisiones atribuibles al producto o servicio reembolsado se deducirán del Ejecutivo Independiente que recibió bonificaciones o comisiones sobre dichas ventas. Las deducciones se producirán en el mes en que se otorgue el reembolso y continuarán cada período de pago a partir de entonces hasta que se recupere el bono o la comisión.
- En el caso de que un Ejecutivo Independiente termine su negocio, y los montos de las bonificaciones o comisiones atribuibles a los productos o servicios devueltos aún no hayan sido recuperados en su totalidad por la Compañía, el resto del saldo pendiente podrá compensarse con cualquier otro importe que pueda ser adeudado por la Compañía al Ejecutivo Independiente extinguido. La Compañía se reserva el derecho de tomar cualquier acción necesaria para recuperar estos fondos y dicha acción se determinará caso por caso.
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Calificaciones de bonos y comisiones
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REEMBOLSOS
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Políticas de Reembolso para Clientes y Ejecutivos Independientes
- Todas las solicitudes de reembolso del Cliente deberán cumplir con la Política de Reembolso que se encuentra en el sitio web corporativo de la Compañía para el producto/servicio en particular en cuestión. Todos los Ejecutivos Independientes deben presentar dicha política de manera precisa y completa.
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Políticas de Reembolso para Clientes y Ejecutivos Independientes
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POLÍTICA DE PRIVACIDAD
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Introducción
- La empresa se toma muy en serio la privacidad y ha impuesto esta sección para garantizar los principios básicos de confidencialidad y protección de datos en lo que respecta a los ejecutivos independientes, las líneas descendentes y las listas de clientes. Para obtener más información sobre nuestra Política de Privacidad general de la Empresa, consulte también la Política de Privacidad de la Empresa: https://business.therusnetwork.com/en/user/co/infinity/page/privacy-police
- Cada Ejecutivo Independiente es responsable de mantener la información de su Ejecutivo Independiente actualizada y precisa. La precisión del correo electrónico es de suma importancia, ya que esta es la forma en que la Compañía generalmente se pondrá en contacto con el Ejecutivo Independiente de cualquier información. Al aceptar estas Políticas y Procedimientos, el Ejecutivo Independiente da su consentimiento a la Política de Privacidad de la Compañía y a recibir correos electrónicos de la Compañía, así como de su línea ascendente. El Ejecutivo Independiente acepta que la Compañía puede compartir con la línea ascendente del Ejecutivo Independiente su nombre, número de teléfono, dirección, dirección de correo electrónico y datos selectos de rendimiento de ventas para todos los Ejecutivos Independientes en su línea descendente. Ningún otro dato se compartirá con la línea ascendente de un Ejecutivo Independiente sin el permiso expreso por separado del Ejecutivo Independiente para permitir que se comparta dicha información personal. El Ejecutivo Independiente reconoce además que la información proporcionada a la Compañía por el Ejecutivo Independiente será compartida y procesada por las oficinas corporativas de la Compañía.
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Expectativa de privacidad
- La Compañía hará todos los esfuerzos razonables para salvaguardar la privacidad y mantener la confidencialidad de la información financiera y de cuentas de sus Clientes/Ejecutivos Independientes y cualquier información personal no pública.
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Acceso de los empleados a la información
- La Compañía limita el número de empleados que tienen acceso a la información personal no pública del Cliente/Ejecutivo Independiente a aquellos que necesitan saber para promover el negocio de la Compañía.
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Restricciones sobre la divulgación de información de la cuenta
- La Compañía no compartirá información personal no pública o información financiera sobre Clientes/Ejecutivos Independientes actuales o anteriores con terceros, excepto según se detalla en la Política de Privacidad, permitido o requerido por leyes y regulaciones u órdenes judiciales, para servir a los intereses de los Clientes/Ejecutivos Independientes, o para hacer cumplir sus derechos u obligaciones en virtud de estas Políticas y Procedimientos. el Acuerdo Ejecutivo Independiente, o con el permiso expreso por escrito del titular de la cuenta en el archivo.
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Seguridad y brechas de seguridad
- Todos los Ejecutivos Independientes deben adoptar, implementar y mantener medidas administrativas, técnicas y físicas apropiadas para protegerse contra amenazas o peligros anticipados para la seguridad de la información confidencial, incluidos los Datos de Clientes y Ejecutivos Independientes. Estas medidas deben ser adecuadas a la sensibilidad de la información. Las medidas apropiadas para los registros electrónicos y en papel pueden incluir, pero no se limitan a: (i) cifrar los datos antes de transmitirlos electrónicamente; (ii) almacenar registros en un lugar seguro; y (iii) proteger con contraseña los archivos informáticos y destruir de forma segura los archivos en papel que contengan información confidencial. Los Ejecutivos Independientes deben mantener la información confidencial a salvo de todas las personas que no tengan necesidades comerciales legítimas para ver o usar dicha información. Los Ejecutivos Independientes deben asegurarse de obtener y mantener el consentimiento de los Clientes potenciales/Ejecutivos Independientes y de los Clientes/Ejecutivos Independientes existentes antes de compartir dichos datos con la Compañía.
- Los ejecutivos independientes deben cumplir con todas las leyes de privacidad y seguridad de datos aplicables, incluidas las leyes de notificación de violaciones de seguridad. Sin limitación de la oración anterior, en el caso de una Violación de Seguridad real o sospechada que afecte los datos de la Compañía, los Ejecutivos Independientes correspondientes primero notificarán de inmediato al Departamento de Cumplimiento de la Compañía por escrito después de tener conocimiento de dicha Violación de Seguridad y, si así lo indica el Departamento de Cumplimiento, notificarán a los Clientes/Ejecutivos Independientes aplicables. Cualquier notificación de este tipo a los Clientes/Ejecutivos Independientes se realizará de conformidad con la ley aplicable y especificará lo siguiente: (i) la medida en que los Datos del Cliente/Ejecutivo Independiente fueron o se sospechaba que estaban divulgados o comprometidos; (ii) las circunstancias de la Violación de Seguridad; (iii) la fecha o el período de tiempo en que ocurrió; (iv) una descripción de la información afectada; (v) una descripción de las medidas adoptadas para reducir el riesgo de daño derivado de la violación de la seguridad; (vi) información de contacto de una persona capaz de responder preguntas sobre la Violación de seguridad; y (vii) en el caso de una notificación a un comisionado de privacidad u otro organismo regulador, una evaluación del riesgo de daño a las personas afectadas y una estimación del número de personas afectadas. Los Ejecutivos Independientes cooperarán con la Compañía, cualquier comisionado de privacidad aplicable u otro organismo regulador y los Clientes/Ejecutivos Independientes harán todo lo posible para mitigar cualquier daño potencial.
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Introducción
- INFORMACIÓN EXCLUSIVA
8.1 Regla de gestión de datos e información confidencial
- La Regla de Gestión de Datos (la "Regla") tiene como objetivo proteger la Línea de Patrocinio ("LOS") en beneficio de todos los Ejecutivos Independientes, así como de la Compañía. La información de “LOS” es información compilada por la Compañía que divulga o se relaciona con la totalidad o parte del acuerdo específico de patrocinio dentro del negocio de la Compañía, incluidas, entre otras, las listas de Ejecutivos Independientes, las cadenas de patrocinio y toda la información de Ejecutivos Independientes generada a partir de ellos, en sus formas presentes y futuras. La Línea de Patrocinio de la Compañía, constituye un secreto comercial comercialmente ventajoso, único y de propiedad ("Información de Propiedad"), que mantiene patentado y confidencial. La Compañía es la propietaria exclusiva de toda la Información Patentada, que se deriva, compila, configura y mantiene a través del gasto de tiempo, esfuerzo y recursos considerables por parte de la Compañía y sus Ejecutivos Independientes. A través de esta Regla, a los Ejecutivos Independientes se les otorga un derecho personal, no exclusivo, intransferible y revocable por parte de la Compañía para usar la Información Confidencial solo cuando sea necesario para facilitar su negocio como Ejecutivo Independiente de la Compañía. La Compañía se reserva el derecho de negar o revocar este derecho, previa notificación razonable al Ejecutivo Independiente indicando las razones de dicha denegación o revocación, siempre que, a discreción razonable de la Compañía, sea necesario para proteger la confidencialidad o el valor de la Información de Propiedad. Todos los Ejecutivos Independientes mantendrán la Información Confidencial en la más estricta confidencialidad y tomarán todas las medidas razonables y apropiadas para salvaguardar la Información Confidencial y mantener la confidencialidad de la misma. Los Ejecutivos Independientes nunca utilizarán la Información de Propiedad Exclusiva para facilitar la construcción fuera de la Compañía sin el permiso exclusivo de la Compañía por escrito.
- El Ejecutivo Independiente reconoce que los informes comerciales, las listas de nombres de Clientes y Ejecutivos Independientes y la información de contacto, y cualquier otra información que contenga información financiera, científica o de otro tipo, tanto escrita como distribuida de otro modo por la Compañía, relacionada con el negocio de la Compañía (colectivamente, "Informes"), son
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Obligación de confidencialidad
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Durante la vigencia del Acuerdo de Ejecutivo Independiente de la Compañía y por un período de cinco (5) años después de la terminación o vencimiento del Acuerdo de Ejecutivo Independiente entre el Ejecutivo Independiente y la Compañía, el Ejecutivo Independiente no deberá:
- Utilice la información de los informes para competir con la Compañía o para cualquier otro propósito que no sea la promoción de su Compañía negocio;
- Usar o divulgar a cualquier persona o entidad cualquier información confidencial contenida en los Informes, incluida la replicación de la genealogía en otra compañía de mercadeo en red.
- Los secretos comerciales, el fondo de comercio de la Compañía y otros conocimientos técnicos de la Compañía permanecerán confidenciales más allá del período de 5 años.
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Durante la vigencia del Acuerdo de Ejecutivo Independiente de la Compañía y por un período de cinco (5) años después de la terminación o vencimiento del Acuerdo de Ejecutivo Independiente entre el Ejecutivo Independiente y la Compañía, el Ejecutivo Independiente no deberá:
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Incumplimiento y recursos
- El Ejecutivo Independiente reconoce que dicha Información de Propiedad es de tal naturaleza que la hace única y que la divulgación o el uso de la misma en violación de esta disposición resultará en un daño irreparable a la Compañía y a los negocios independientes de la Compañía. La Compañía y sus Ejecutivos Independientes tendrán derecho a medidas cautelares o a recuperar daños y perjuicios contra cualquier Ejecutivo Independiente que viole esta disposición para hacer valer sus derechos.
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Devolución de materiales
- A petición de la Empresa, cualquier Ejecutivo Independiente actual o anterior deberá devolver el original y todas las copias de todos los Informes a la Empresa junto con cualquier Información de Propiedad de la Empresa o información que la Empresa mantenga confidencial en posesión de dicha persona.
- PUBLICIDAD, MATERIAL PROMOCIONAL, USO DE NOMBRES
Y MARCAS COMERCIALES
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Uso de nombres y materiales protegidos
- Todos los materiales promocionales que la Compañía crea o suministra deben usarse en su Texto original en no puede ser cambiada, enmendada o alterada a menos que el Ejecutivo Independiente reciba la aprobación previa por escrito de la Compañía.
- El nombre de la Compañía, cada uno de sus nombres de productos y servicios y otros nombres que hayan sido adoptados por la Compañía en relación con su negocio son nombres comerciales de propiedad, marcas comerciales o marcas de servicio de la Compañía. Como tales, estas marcas son de gran valor para la Compañía y se suministran a los Ejecutivos Independientes para su uso solo de manera expresamente autorizada en relación con la facilitación de los negocios de la Compañía del Ejecutivo Independiente.
- El uso del nombre por parte del Ejecutivo Independiente "Therus Network" u otros nombres propios o usados de la Compañía están restringidos para proteger los derechos de propiedad intelectual de la empresa, garantizando que la Compañía y sus nombres protegidos no se perderán ni se verán comprometidos por el uso no autorizado. El uso del nombre de la Compañía o cualquier otra denominación que no haya sido producido por la Compañía está prohibida excepto en los siguientes casos: [Nombre del Ejecutivo Independiente] Independiente Therus Network Ejecutivo Independiente. Los Ejecutivos Independientes nunca se presentarán como hablando en nombre de la Compañía y siempre se identificarán como Ejecutivos Independientes de la Compañía.
- Los Ejecutivos Independientes no aparecerán ni harán uso de la televisión o la radio, ni harán uso de ningún otro medio para promover a la Compañía o sus programas, productos o servicios sin el permiso previo por escrito de la Compañía Departamento de Cumplimiento. Los Ejecutivos Independientes no pueden producir para la venta o distribución ningún material de la Compañía, ni un Ejecutivo Independiente puede reproducir clips de audio o video de la Compañía para la venta o para uso personal sin el permiso previo por escrito de la Compañía Departamento de Cumplimiento.
- La Compañía se reserva el derecho de rescindir su aprobación previa de cualquier ayuda de ventas o material promocional para cumplir con las leyes y regulaciones cambiantes y puede solicitar la eliminación del mercado de dichos materiales sin obligación financiera para el Ejecutivo Independiente afectado.
- Los Ejecutivos Independientes no promoverán productos o servicios que no sean de la Compañía en conjunto con productos o servicios de la Compañía en los mismos sitios web o en el mismo anuncio sin la aprobación previa del Departamento de Cumplimiento de la Compañía.
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Limitaciones del correo electrónico
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Los Ejecutivos Independientes no pueden usar o transmitir correo electrónico, distribución masiva de correo electrónico o "spamming" que anuncie o promueva la operación de sus Negocios excepto cuando:
- Enviar un correo electrónico a cualquier persona que haya dado permiso o invitación previa;
- Enviar correos electrónicos a cualquier persona con la que el Ejecutivo Independiente haya establecido una relación comercial o personal previa.
- Los ejecutivos independientes son responsables de conocer las leyes y regulaciones dentro de su estado y localidades. Un Ejecutivo Independiente no puede transmitir, o hacer que se transmita a través de un tercero, (por teléfono, fax, computadora u otro dispositivo), un anuncio no solicitado, excepto según lo establecido en este documento o según lo permitido por las leyes y regulaciones del Ejecutivo Independiente.
-
Todos los documentos transmitidos por correo electrónico o por computadora sujetos a esta disposición incluirán cada uno de los siguientes:
- Una identificación clara y obvia de que el mensaje es un anuncio o una solicitud. Las palabras "publicidad" o "solicitud" deben aparecer en el asunto del mensaje;
- Una ruta de retorno clara o información de enrutamiento;
- El uso de un nombre de dominio legal y adecuado, un nombre correcto del remitente, una dirección de correo electrónico válida del remitente y una dirección física válida del remitente;
- Un aviso claro y obvio de la oportunidad de negarse a recibir más mensajes del remitente;
- Las instrucciones para cancelar la suscripción o darse de baja deben ser el primer texto en el cuerpo del cuadro del mensaje en el mismo tamaño de texto que la mayoría del mensaje;
- La fecha y hora de la transmisión; y
- Tras la notificación por parte del destinatario de su solicitud de no recibir más mensajes, un Ejecutivo Independiente no transmitirá más mensajes a ese destinatario.
-
Todos los mensajes sujetos a esta disposición no incluirán ninguno;
- Uso de nombres de dominio de terceros sin permiso;
- Materiales sexualmente explícitos;
- Contenidos ilegales.
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Restricciones de Internet y sitios web de terceros
- Los Ejecutivos Independientes no pueden usar ni intentar registrar ninguno de los nombres comerciales, marcas comerciales, nombres de servicios, marcas de servicio, nombres de productos, URL, frases publicitarias, el nombre de la Compañía o cualquier derivado de los mismos, para ningún propósito.
-
Los Ejecutivos Independientes solo pueden vender productos/servicios de la Compañía a través de su sitio web replicado por la Compañía ("Sitio Web Replicado") o el sitio web corporativo de la Compañía. Los Ejecutivos Independientes no pueden tener ningún otro sitio web de terceros (definido como un sitio web que no esté aprobado por la Compañía). Tenga en cuenta que un sitio web de terceros no incluye redes sociales ni sitios de redes sociales. Cualquier Ejecutivo Independiente que desee desarrollar su propio sitio web de terceros debe presentar una solicitud y un acuerdo de sitio web de terceros debidamente completados y recibir la aprobación previa por escrito de la Compañía antes de poner en marcha dicho sitio web. Los sitios web de terceros se pueden utilizar para promocionar su negocio y los productos y servicios de la Compañía, siempre que el sitio web de terceros se adhiera a las Políticas de la Compañía. Además, no se pueden realizar pedidos a través de sitios web de terceros y no se pueden realizar inscripciones a través de un sitio web de terceros. Si desea utilizar cualquier sitio web de terceros, debe hacer lo siguiente:
- Identifíquese como un Ejecutivo Independiente de la Compañía;
- Utilice únicamente las imágenes y el texto aprobados y autorizados por la Compañía;
- Adherirse a las políticas de uso de marca, marcas comerciales e imágenes descritas en este documento;
- Adherirse a cualquier otra disposición relacionada con el uso de un sitio web de terceros descrito en este documento;
- Acepta modificar su sitio web para cumplir con las Políticas actuales o futuras de la Compañía;
- Cumplir con cualquier otra solicitud de la Compañía que la Compañía pueda hacer de vez en cuando en relación con cambios legales y regulatorios; y
- Proporcionar un botón de redireccionamiento al sitio web corporativo de la Compañía para la inscripción y la compra de productos.
- Un Ejecutivo Independiente se mantendrá al día con todos los materiales de la Compañía, detalles de productos u otros elementos para no proporcionar elementos obsoletos en las páginas de un Ejecutivo Independiente.
- Si algún Ejecutivo Independiente cancela su cargo o es terminado por cualquier motivo, el Ejecutivo Independiente deberá ceder dicho sitio de terceros a la Compañía dentro de siete (7) días calendario, a menos que el Ejecutivo Independiente y la Compañía determinen lo contrario.
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Redes Sociales
- Los ejecutivos independientes pueden unirse a redes sociales, foros en línea, grupos de discusión y blogs para aprovechar el poder de la marca de la Compañía y comunicar los beneficios de los productos y oportunidades de ventas de la Compañía. Las páginas sociales en línea que pertenecen a un Ejecutivo Independiente se pueden utilizar para dirigir el tráfico a un Sitio Web Replicado o al Sitio Web Corporativo de la Compañía. Las redes sociales y los sitios de redes sociales incluyen, entre otros, sitios como Facebook, Instagram, Pinterest, LinkedIn, Twitter y Tik Tok.
- Las cuentas dedicadas a la empresa en las redes sociales nunca se pueden usar para promocionar otras oportunidades de mercadeo en red, otros productos o servicios. Un Ejecutivo Independiente puede publicar sugerencias para visitar, dar me gusta o seguir a la Compañía o su página personal de Ejecutivo Independiente en su página personal. Un Ejecutivo Independiente también puede publicar obras de arte u otras publicaciones tangenciales al negocio en sus páginas personales, pero no se pueden publicar incentivos, anuncios, ofertas, anuncios de productos que no sean de la Compañía, etc. en las páginas personales.
- LOS PERFILES QUE UN EJECUTIVO INDEPENDIENTE GENERA EN CUALQUIER COMUNIDAD SOCIAL DONDE SE DISCUTA O MENCIONE LA EMPRESA DEBEN IDENTIFICAR CLARAMENTE AL EJECUTIVO INDEPENDIENTE COMO UN EJECUTIVO INDEPENDIENTE DE LA EMPRESA, y cuando un ejecutivo independiente participa en esas comunidades, el ejecutivo independiente debe evitar conversaciones, comentarios, imágenes, videos, audios, aplicaciones o cualquier otro contenido adulto, profano, discriminatorio o vulgar. La determinación de lo que es inapropiado queda a la entera discreción de la Compañía, y los Ejecutivos Independientes infractores pueden estar sujetos a medidas disciplinarias.
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Los Ejecutivos Independientes son personalmente responsables de sus publicaciones y de cualquier otra actividad en línea que se relacione con la Compañía o los productos de la Compañía. Por lo tanto, incluso si un Ejecutivo Independiente no posee ni opera un blog o sitio de redes sociales, si un Ejecutivo Independiente hace una publicación que se relaciona con la Compañía o que se puede rastrear hasta la Compañía, el Ejecutivo Independiente es responsable de la publicación. Los Ejecutivos Independientes también son responsables de las publicaciones que ocurran en cualquier blog o sitio de redes sociales que el Ejecutivo Independiente posea, opere o controle. La Compañía se reserva el derecho de exigir la eliminación de las publicaciones no conformes o infractoras de las páginas de redes sociales de cualquier Ejecutivo Independiente y puede terminar el puesto de cualquier Ejecutivo Independiente que no lo haga. Las publicaciones falsas, engañosas o engañosas están estrictamente prohibidas. Esto incluye, pero no se limita a, publicaciones falsas o engañosas relacionadas con la Compañía, la oportunidad de la Compañía, los productos de la Compañía y/o la información y credenciales de los Ejecutivos Independientes. Además, los Ejecutivos Independientes NO PUEDEN hacer ninguna publicación, o enlace a cualquier publicación u otro material, que:
- Sea sexualmente explícito, obsceno o pornográfico;
- Sea profano, odioso, amenazante, difamatorio, calumnioso, acosador o discriminatorio de cualquier manera;
- Promueva cualquier comportamiento ilegal;
- Participe en ataques personales contra cualquier individuo, grupo o entidad;
- Viole cualquier derecho de propiedad intelectual de la Compañía o de terceros; o
- No es coherente con los estándares establecidos en estas Políticas y Procedimientos.
- Los Ejecutivos Independientes no publicarán de forma anónima o bajo un alias en ninguna red social o sitio de medios sociales. Los Ejecutivos Independientes tampoco deberán utilizar nunca el spam de blog, spamdexing o cualquier otro método de replicación masiva para dejar comentarios. Los comentarios que los Ejecutivos Independientes creen o dejen deben ser útiles, únicos, relevantes y específicos para el artículo del blog.
- Los Ejecutivos Independientes se abstendrán de participar en comentarios negativos y se mantendrán en un estándar de conducta más alto. Si un Ejecutivo Independiente tiene algún problema con algún comentario en particular, el Ejecutivo Independiente puede informar dichos comentarios al Departamento de Cumplimiento de la Compañía.
- Si el negocio de su Empresa se cancela por cualquier motivo, debe dejar de usar el nombre de la Empresa y todas las marcas comerciales, nombres comerciales, marcas de servicio y otra propiedad intelectual de la Empresa, y todos los derivados de dichas marcas y propiedad intelectual, en cualquier publicación y en todos los sitios web sociales que utilice. Si publica en cualquier sitio web social en el que se haya identificado previamente como un Ejecutivo Independiente de la Compañía, debe revelar de manera visible que ya no es un Ejecutivo Independiente. En ausencia de dicha divulgación, los comentarios y acciones del Ejecutivo Independiente pueden interpretarse como tomados en nombre de la Compañía y el Ejecutivo Independiente será responsable de indemnizar a la Compañía por dichas acciones si se toma alguna acción contra la Compañía.
- Los Ejecutivos Independientes pueden desear tener grupos de redes sociales "privados" y/o "cerrados", específicamente Grupos de Facebook, para sus Clientes particulares o para su línea descendente particular. Estos grupos están permitidos siempre y cuando los grupos se lleven a cabo y operen de manera coherente con estas Políticas y Procedimientos. Con el fin de crear un grupo de redes sociales en particular, el Ejecutivo Independiente que organiza el grupo debe informar al Departamento de Cumplimiento de la Compañía [email protected] e invitarle al grupo individual para que la Compañía pueda monitorear el contenido del grupo y asegurarse de que estas Políticas y Procedimientos se sigan adecuadamente. Compliance no comentará, dará me gusta, compartirá ni interactuará de otro modo con una publicación dentro de ningún grupo específico del que Compliance sea miembro. El Departamento de Cumplimiento revisará de vez en cuando y tomará nota de ciertas interacciones o ocurrencias y notificará a la Compañía y al Ejecutivo Independiente si se lleva a cabo alguna actividad potencialmente cuestionable o infractora que pueda justificar una acción disciplinaria en virtud de estas Políticas y Procedimientos. Estas funciones de monitoreo también permitirán que Compliance notifique a un Ejecutivo Independiente en el front-end de un problema potencial en lugar de tener que tomar medidas más extremas en el back-end.
- Los Ejecutivos Independientes solo pueden invitar a Ejecutivos Independientes y Clientes a estos grupos y los Ejecutivos Independientes tienen la obligación de asegurarse de que este sea el caso.
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Materiales publicitarios y promocionales
- Los Ejecutivos Independientes no ofrecerán publicidad especial para incentivos. Esto incluye, pero no se limita a, ofertas de un negocio gratuito, u otras ofertas similares que otorgan ventajas más allá de las disponibles a través de la Compañía.
- La publicidad y todas las formas de comunicación deben adherirse a los principios de honestidad y corrección.
- Para promocionar tanto los productos como las oportunidades que ofrece la Compañía, Ejecutivos Independientes debe utilizar las ayudas de ventas y los materiales de apoyo que proporciona la Compañía. Si la empresa Ejecutivos Independientes desarrollar sus propias ayudas de ventas y materiales promocionales, lo que incluye publicidad en línea, no obstante Ejecutivos Independientes' buenas intenciones, pueden violar involuntariamente cualquier número de estatutos o regulaciones que afecten el negocio de la Compañía. Estas violaciones, aunque pueden ser relativamente pocas en número, podrían poner en peligro las oportunidades de la Compañía para todos Ejecutivos Independientes. En consecuencia Ejecutivos Independientes debe enviar todas las ayudas de ventas escritas, materiales promocionales, anuncios, sitios web y otra literatura a la Compañía para la aprobación de la Compañía antes de su uso. A menos que el Ejecutivo Independiente recibe la aprobación específica por escrito para usar el material, la solicitud se considerará denegada. Todo Ejecutivos Independientes salvaguardará y promoverá la buena reputación de la Compañía, sus productos y la oportunidad. El marketing y la promoción de la Compañía, la oportunidad de la Compañía, el Plan de Compensación y los productos o servicios de la Compañía serán consistentes con el interés público y deben evitar toda conducta o práctica descortés, engañosa, engañosa, poco ética o inmoral.
- La Compañía se reserva el derecho de rescindir su aprobación previa para cumplir con las leyes y regulaciones cambiantes y puede requerir la eliminación de dichos anuncios del mercado sin obligación para el Ejecutivo Independiente afectado.
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Permiso de Testimonio
- Como Ejecutivo Independiente, el Ejecutivo Independiente autoriza a la Compañía a utilizar su testimonio, imagen y semejanza en materiales de ventas corporativos, incluidos, entre otros, medios impresos, medios electrónicos, audio y video. En consideración a que se le permita participar en la oportunidad de venta de la Compañía, un Ejecutivo Independiente renuncia a cualquier derecho a ser compensado por el uso de su testimonio, imagen o semejanza, aunque la Compañía pueda recibir un pago por artículos o materiales de ventas que contengan dicho testimonio, imagen o semejanza. En algunos casos, el testimonio de un Ejecutivo Independiente puede aparecer en los materiales publicitarios de otro Ejecutivo Independiente. Si un Ejecutivo Independiente no desea participar en los materiales de ventas y marketing de la Compañía, debe proporcionar una notificación por escrito al Departamento de Cumplimiento de la Compañía para asegurarse de que su testimonio, imagen o semejanza no se utilizará en ningún material corporativo, piezas de reconocimiento corporativo, publicidad o grabaciones de eventos anuales.
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Limitaciones del telemarketing
- Los Ejecutivos Independientes no deben involucrarse en la tele mercadotecnia en relación con la operación de su negocio como Ejecutivos Independientes de la Compañía. El término "tele mercadotecnia" se refiere a realizar una o más llamadas telefónicas, enviar mensajes de texto u otros servicios de mensajería a una persona o entidad para inducir la compra de productos o servicios de la Compañía o para reclutarlos para la oportunidad de la Compañía.
- La Comisión Federal de Comercio (FTC, por sus siglas en inglés) y la Comisión Federal de Comunicaciones (FCC, por sus siglas en inglés) tienen reglas que restringen las prácticas de telemercadeo. Ambas agencias federales, así como varios estados, tienen regulaciones de "no llamar" como parte de sus leyes y regulaciones de telemercadeo.
- Estas regulaciones definen ampliamente el término "telemercadeo" y "telemercadeo" de modo que la acción involuntaria de llamar a alguien cuyo número de teléfono figura en el registro federal de "No llamar" podría hacer que el Ejecutivo Independiente viole la ley. Estas regulaciones no deben tomarse a la ligera, ya que conllevan sanciones significativas.
- Las "llamadas en frío" o "llamadas de estado a estado" realizadas a Clientes potenciales o Ejecutivos Independientes para promocionar productos, servicios o la oportunidad de la Compañía se consideran tele mercadotecnia y están prohibidas.
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Excepciones a las Regulaciones de Telemercadeo Los Ejecutivos Independientes pueden realizar llamadas telefónicas a Clientes o Ejecutivos Independientes en las siguientes situaciones limitadas:
- Si el Ejecutivo Independiente tiene una relación comercial establecida con el individuo;
- En respuesta a la consulta o solicitud personal de la persona con respecto a un producto o servicio ofrecido por el Ejecutivo Independiente dentro de los tres (3) meses inmediatamente anteriores a la fecha de dicha convocatoria;
- Si el Ejecutivo Independiente recibe permiso por escrito y firmado de la persona que autoriza al Ejecutivo Independiente a convocar;
- Si la llamada es a familiares, amigos personales y conocidos. Sin embargo, si un Ejecutivo Independiente tiene la costumbre de recoger tarjetas de visita de todas las personas que conoce y posteriormente las llama, esto puede considerarse una forma de telemarketing que no está sujeta a esta excepción;
- Los Ejecutivos Independientes que se dediquen a llamar a "conocidos" deben hacer tales llamadas solo de manera ocasional y no como una práctica rutinaria.
- Los Ejecutivos Independientes no deberán utilizar sistemas de marcación telefónica automática o servicios de mensajería automática en la operación de su Empresa.
- El incumplimiento de lo dispuesto en éstas políticas estará sujetas a sanciones disciplinarias para el Ejecutivo Independiente..
- Al convertirse en un Ejecutivo Independiente, los Ejecutivos Independientes dan permiso a la Compañía y a otros Ejecutivos Independientes para que se comuniquen con ellos según lo permitido por las regulaciones federales de No Llamar.
- En caso de que un Ejecutivo Independiente viole esta Sección, la Compañía se reserva el derecho de iniciar procedimientos legales para obtener una compensación monetaria o equitativa contra el Ejecutivo Independiente.
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Política de Marketing Internacional
- Los Ejecutivos Independientes solo pueden operar y vender productos y servicios a aquellas personas dentro de los países en los que la Compañía está establecida y permite dichas operaciones y ventas.
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Los Ejecutivos Independientes no pueden usar o transmitir correo electrónico, distribución masiva de correo electrónico o "spamming" que anuncie o promueva la operación de sus Negocios excepto cuando:
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CAMBIOS EN EL NEGOCIO DE UN EJECUTIVO INDEPENDIENTE
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Modificación del Acuerdo de Ejecutivo Independiente
- Los Ejecutivos Independientes pueden modificar su Acuerdo Ejecutivo Independiente existente (es decir, cambiar un número de seguro social a un número de identificación federal, agregar un cónyuge o pareja a la cuenta, o cambiar la forma de propiedad de un individuo a una Entidad Comercial propiedad del Ejecutivo Independiente) mediante la presentación de una solicitud por escrito, acompañada de un nuevo Acuerdo Ejecutivo Independiente y el Formulario de Registro de Negocios, en su caso, completado con nuevas firmas (no una versión "tachada" o "tachada" del primer Acuerdo), y cualquier documentación de respaldo apropiada.
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Cambio de Patrocinador o Colocación para Ejecutivo Independiente Activo
- Mantener la integridad de la estructura organizacional es obligatorio para el éxito de la Compañía y Ejecutivos Independientes. Como tal, bajo circunstancias excepcionales a discreción de la Compañía, una solicitud para cambiar la ubicación solo se puede hacer dentro de los primeros treinta (30) días de la inscripción inicial como Ejecutivo Independiente. Además, dichos cambios solo pueden ocurrir dentro de la misma organización a discreción de la Compañía.
- Los Patrocinadores pueden hacer "Cambios de Colocación" de un Ejecutivo Independiente a otro para los Ejecutivos Independientes patrocinados personalmente (de primera línea) durante los primeros treinta (30) días de inscripción.
- Los Nuevos Ejecutivos Independientes o su Patrocinador original pueden solicitar un cambio de Patrocinador o colocación dentro de los primeros treinta (30) días de inscripción con el propósito de estructurar una organización. El nuevo Acuerdo Ejecutivo Independiente debe recibirse dentro del mes calendario para que los cálculos de las comisiones sean efectivos con el cambio solicitado.
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Para cambiar o corregir el Patrocinador, un Ejecutivo Independiente debe cumplir con los siguientes procedimientos:
- Enviar un Formulario de Transferencia de Colocación de Patrocinador;
- Enviar un Acuerdo de Ejecutivo Independiente de la Compañía que muestre el Patrocinador y la Ubicación correctos, junto con cualquier documentación de respaldo apropiada;
- El Acuerdo Ejecutivo Independiente debe ser un documento nuevo y completo con firmas "frescas", no una versión "tachada" o "tachada" del primer Acuerdo.
- Tras la aprobación, la línea descendente del Ejecutivo Independiente, si la hubiera, se transferirá al Ejecutivo Independiente.
- Si ya se ha realizado una transferencia para ese Ejecutivo Independiente, se puede cobrar una tarifa por la segunda y por cada transferencia subsiguiente.
- Después de los primeros treinta (30) días desde la inscripción inicial,la Compañía honrará al primer Patrocinador/Ubicación como se muestra al momento de la inscripción.
- La Compañía se reserva el derecho de aprobar o denegar cualquier solicitud de cambio de Patrocinador o Ubicación y de corregir cualquier error relacionado con los mismos en cualquier momento y de la manera que considere necesario. La aceptación de un cambio nunca constituirá la aceptación de cambios futuros para ese Ejecutivo Independiente o cualquier otro, independientemente de la similitud de situación.
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Cambio de Patrocinador o Colocación para Ejecutivos Independientes Inactivos
- A discreción de la Compañía, los Ejecutivos Independientes que hayan permanecido inactivos durante un período de doce (12) meses, y que no hayan presentado una carta de renuncia, son elegibles para volver a inscribirse en la Compañía bajo el Patrocinador/Ubicación de su elección.
- Al recibir notificación por escrito de que un antiguo Ejecutivo Independiente desea volver a inscribirse, la Compañía "comprimirá" (cerrará) la cuenta original. Se emitirá un nuevo número de identificación de la Compañía al antiguo Ejecutivo Independiente, quien se inscribirá como un nuevo Ejecutivo Independiente sin derechos, rango, título o línea descendente previos.
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Patrocinio Antiético
- Ejecutivos Independientes no participará en actividades de patrocinio antiéticas. Las actividades de patrocinio antiéticas incluyen, entre otras, atraer, ofertar o interactuar con Ejecutivos Independientes de la línea descendente de otra persona con la intención de adquirirlos como propios.
- Las acusaciones de actividades de patrocinio poco éticas deben informarse por escrito a la Compañía Departamento de Cumplimiento dentro de los primeros noventa (90) días de inscripción. Si los informes están fundamentados, la Compañía puede transferir el Ejecutivo Independiente o la línea descendente del Ejecutivo Independiente a otro Patrocinador, Colocación u organización sin la aprobación del Patrocinador de línea ascendente actual o de los Ejecutivos Independientes de Colocación.La Compañía sigue siendo la autoridad final en tales casos.
- La Compañía prohíbe el acto de "Apilamiento". El Apilamiento es la manipulación no autorizada del sistema de compensación de la Compañía y/o del plan de marketing para desencadenar comisiones o causar una promoción de un Ejecutivo Independiente en la línea descendente de manera no merecida. Un ejemplo de apilamiento ocurre cuando un Patrocinador coloca participantes bajo una línea descendente inactiva sin su conocimiento para desencadenar una calificación no merecida para la comisión. El apilamiento es un comportamiento poco ético e inaceptable que puede someter al Ejecutivo Independiente a acciones disciplinarias.
- Los Ejecutivos Independientes tampoco solicitarán ni tentarán a individuos de otra empresa para que se conviertan en Ejecutivos Independientes de la Empresa, ya que corren el riesgo de interferir con el contrato entre esa empresa y esa persona. Si se presenta alguna demanda, arbitraje o mediación contra un Ejecutivo Independiente que alegue que participó en una actividad de reclutamiento inapropiada de la fuerza de ventas o los Clientes de otra empresa, la Compañía no pagará ninguno de los Ejecutivo Independiente costos de defensa u honorarios legales, ni la Compañía indemnizará a los Ejecutivo Independiente para cualquier sentencia, laudo o acuerdo.
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Vender, ceder o delegar la propiedad
- Los Ejecutivos Independientes no pueden vender ni ceder sus derechos ni delegar su posición como Ejecutivos Independientes sin la aprobación previa por escrito de la Compañía, y dicha aprobación no será denegada sin motivo. Cualquier intento de venta, cesión o delegación sin dicha aprobación puede ser anulado a discreción de la Compañía.
- Antes de la aprobación de la Compañía, el Ejecutivo Independiente vendedor primero debe ofrecer su posición a su Patrocinador de línea ascendente. El Patrocinador tendrá cinco (5) días hábiles para aceptar la oferta. Si el Patrocinador acepta la oferta, debe proporcionar a la Compañía una notificación por escrito de aceptación. Si el Patrocinador rechaza la oferta, el Ejecutivo Independiente vendedor debe ofrecer su posición a la Compañía. Si la Compañía rechaza la oferta, la Ejecutivo Independiente puede ofrecer la posición a otro comprador.
- Si se aprueba la venta, el Comprador asume la posición del Vendedor en el título calificado actual y en el rango actual pagado como en el momento de la venta. El Comprador también adquiere la línea descendente del Vendedor.
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Para solicitar la autorización corporativa para una venta o transferencia de un negocio de la Compañía, se deben enviar los siguientes documentos al Departamento de Cumplimiento de la Compañía:
- Un Formulario de Venta/Transferencia de Negocio debidamente cumplimentado, con las firmas requeridas;
- Una copia del Acuerdo de Venta firmado y fechado tanto por el Comprador como por el Vendedor;
- Un Acuerdo de Ejecutivo Independiente de la Compañía completado y firmado por el Comprado;
- Pago de la cuota de inscripción requerida;
- Cualquier documentación de respaldo adicional que la Compañía pueda solicitar.
- Cualquier obligación de deuda que el Vendedor o el Comprador puedan tener con la Compañía debe satisfacerse antes de la aprobación de la venta o transferencia.
- Un Ejecutivo Independiente que venda su negocio no es elegible para volver a inscribirse como Ejecutivo Independiente de la Compañía en ninguna organización durante seis (6) meses calendario completos después de la fecha de cierre de la venta.
- La protección de la “LOS” existente siempre debe mantenerse para que el negocio de la Compañía continúe operando en esa “LOS”.
- El Ejecutivo Independiente vendedor debe estar al día con la Compañía para ser elegible para vender, transferir o ceder un negocio de la Compañía.
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Separar un negocio
- Los Ejecutivos Independientes a veces operan los negocios de su Compañía como sociedades de cónyuge-cónyuge o Entidades Comerciales. La separación o división de una Entidad Comercial que tenga una posición de Ejecutivo Independiente debe lograrse para no afectar negativamente los intereses e ingresos de otras empresas en la “LOS”. Si las partes que se separan no satisfacen los mejores intereses de otros Ejecutivos Independientes y de la Compañía de manera oportuna, la Compañía terminará involuntariamente el puesto de Ejecutivo Independiente.
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Durante el proceso de divorcio o de disolución de entidades, las partes deben adoptar uno de los siguientes métodos de operación:
- Una de las partes puede, con el consentimiento de la(s) otra(s), operar el negocio de la Compañía de conformidad con una cesión por escrito mediante la cual el cónyuge, accionistas, socios, fideicomisarios, miembros renunciantes o de otra manera autorizan a la Compañía a tratar directa y únicamente con el otro cónyuge o accionista, socio, fideicomisario, miembro o de otra manera que no renuncia; o
- Las partes pueden continuar operando el negocio de la Compañía conjuntamente sobre una base de "negocios como de costumbre", con lo cual toda la compensación que pague la Compañía se pagará de acuerdo con el status quo que existía antes del divorcio, la separación o la disolución. Este será el procedimiento por defecto si las partes no acuerdan un formato contrario y notifican a la Empresa de ello.
- La Compañía nunca eliminará a una parte de un puesto de una cuenta de Ejecutivo Independiente sin el permiso y la firma por escrito de esa parte. Bajo ninguna circunstancia se dividirá la organización descendente de los cónyuges que se divorcian o una entidad comercial que se separa o se disuelve. Bajo ninguna circunstancia la Compañía dividirá los cheques de comisiones y bonificaciones entre cónyuges divorciados o miembros de Entidades Comerciales. La Compañía reconocerá solo una organización de línea descendente y emitirá solo un cheque de comisión por negocio de la Compañía por ciclo de comisiones. Los cheques de comisión siempre se emitirán a la misma persona física o entidad comercial. En caso de que las partes de un divorcio o disolución no puedan resolver una disputa sobre la disposición de las comisiones y la propiedad del negocio de manera oportuna según lo determine la Compañía, el cargo de Ejecutivo Independiente será terminado. Si un ex cónyuge ha renunciado por completo a todos los derechos en el negocio original de la Compañía en virtud de un divorcio, a partir de entonces son libres de inscribirse bajo cualquier patrocinador de su elección sin esperar seis (6) meses calendario. En el caso de disoluciones de Entidades Comerciales, el ex socio, accionista, miembro u otra entidad afiliada que no conserve ningún interés en el negocio debe esperar seis (6) meses calendario a partir de la fecha de la disolución final antes de volver a inscribirse como Ejecutivo Independiente. En cualquier caso, sin embargo, el ex cónyuge o afiliado comercial no tendrá derechos sobre ningún Ejecutivo Independiente en su organización anterior ni sobre ningún Cliente anterior. El nuevo Ejecutivo Independiente debe desarrollar el nuevo negocio de la misma manera que lo haría cualquier otro nuevo Ejecutivo Independiente.
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Sucesión
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Tras la muerte o incapacidad legal de un Ejecutivo Independiente, el negocio del Ejecutivo Independiente puede ser transferido a sus sucesores legales (sucesor). Siempre que un negocio de la Compañía sea transferido por testamento u otro proceso testamentario, el sucesor adquiere el derecho de cobrar todos los bonos y comisiones de la organización de ventas del Ejecutivo Independiente fallecido o incapacitado. El sucesor debe:
- Completar y firmar un nuevo Acuerdo Ejecutivo Independiente;
- Cumplir con los términos y condiciones del Acuerdo Ejecutivo Independiente; y
- Cumplir con todos los requisitos para el último rango alcanzado por el ex Ejecutivo Independiente.
- Los bonos y cheques de comisión se pagarán en un solo cheque al sucesor. El sucesor debe proporcionar a la Compañía una "dirección de registro" a la que se enviarán todos los pagos de bonos y comisiones. Los pagos se basarán en el rendimiento actual del negocio, no en el rango o volumen más alto alcanzado.
- Si el negocio es legado a legatarios conjuntos (sucesores), estos deben formar una Entidad Comercial y adquirir un Número de Identificación Federal del Contribuyente. La Compañía emitirá todos los pagos de bonos y comisiones y un formulario 1099-NEC solo a la Entidad Comercial administradora. La empresa nunca dividirá los cheques para enviarlos a varias personas.
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Se debe presentar la documentación legal adecuada al Departamento de Cumplimiento de la Compañía para garantizar que la transferencia se realice correctamente. Para efectuar una transferencia testamentaria de un negocio de la Compañía, el sucesor debe proporcionar lo siguiente al Departamento de Cumplimiento de la Compañía:
- Una copia certificada del certificado o documento de defunción; y
- Una copia notariada del testamento u otra documentación legal apropiada que establezca el derecho del sucesor sobre el negocio de la Compañía.
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Para completar una transferencia del negocio de la Compañía por incapacidad, el sucesor debe proporcionar lo siguiente al Departamento de Cumplimiento de la Compañía::
- Una copia notariada de un nombramiento como fideicomisario;
- Una copia notariada del documento de fideicomiso u otra documentación legal apropiada que establezca el derecho del fideicomisario para administrar el negocio de la Compañía; y
- Un Acuerdo Ejecutivo Independiente completado y ejecutado por el fideicomisario.
- Si el sucesor ya es un Ejecutivo Independiente existente, la Compañía permitirá que dicho Ejecutivo Independiente mantenga su propio negocio más el negocio heredado activo durante hasta seis (6) meses. Al final del período de 6 meses, el Ejecutivo Independiente deberá haber comprimido (si corresponde), vendido o transferido de otra manera el negocio existente o el negocio heredado.
- Si el sucesor desea terminar el negocio de la Compañía, debe presentar una declaración jurada que exprese el deseo de terminar el negocio, junto con una copia certificada del certificado de defunción, designación como fideicomisario y/o cualquier otra documentación legal apropiada.
- A solicitud por escrito, la Compañía puede otorgar una exención de duelo de un (1) mes y pagar al último rango “pagado como”
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Tras la muerte o incapacidad legal de un Ejecutivo Independiente, el negocio del Ejecutivo Independiente puede ser transferido a sus sucesores legales (sucesor). Siempre que un negocio de la Compañía sea transferido por testamento u otro proceso testamentario, el sucesor adquiere el derecho de cobrar todos los bonos y comisiones de la organización de ventas del Ejecutivo Independiente fallecido o incapacitado. El sucesor debe:
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Renuncia/Terminación Voluntaria
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Los Ejecutivos Independientes pueden terminar inmediatamente su negocio enviando una notificación por escrito o un correo electrónico a la Compañía Departamento de Cumplimiento. La notificación por escrito debe incluir lo siguiente:
- La intención del Ejecutivo Independiente de renunciar y la fecha de la renuncia;
- Número de identificación de la compañía y motivo de la renuncia; y
- Los Ejecutivos Independientes no pueden usar la renuncia como una forma de cambiar inmediatamente de Patrocinador o Colocación y permanece sujeto a las disposiciones de cambio de Patrocinador y colocación, así como a la política de reinscripción.
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Los Ejecutivos Independientes pueden terminar inmediatamente su negocio enviando una notificación por escrito o un correo electrónico a la Compañía Departamento de Cumplimiento. La notificación por escrito debe incluir lo siguiente:
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Terminación involuntaria
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La Compañía se reserva el derecho de terminar el negocio de un Ejecutivo Independiente por, pero no limitado a, las siguientes razones:
- Violación de cualquier disposición de estas Políticas y Procedimientos;
- Violación de cualquier disposición del Plan de Compensación;
- Violación de cualquier ley, ordenanza o reglamento aplicable con respecto a la Compañía negocio;
- Participar en prácticas comerciales poco éticas o violar las normas de trato justo;
- Comportarse en una conducta que la Compañía considera perjudicial para el negocio de la Compañía y, a su entera discreción tras una investigación razonable, la Compañía encuentra el Ejecutivo Independiente dejar de defender los valores que la Compañía considera necesarios para operar un negocio de la Compañía; o
- La Compañía notificará al Ejecutivo Independiente por escrito, a su última dirección de domicilio o correo electrónico conocida, su intención de terminar los negocios del Ejecutivo Independiente y las razones de la terminación.
- El Ejecutivo Independiente tiene siete (7) días calendario a partir de la notificación de la terminación para responder a la decisión y apelar a la Compañía para su reconsideración.
- Si la terminación no es revocada, será efectiva a partir de la fecha de la notificación original de terminación. El ex Ejecutivo Independiente perderá inmediatamente todos los derechos otorgados como Ejecutivo Independiente bajo estas Políticas. La Compañía notificará al Patrocinador activo en la línea ascendente dentro de los diez (10) días calendario posteriores a la terminación. La organización del Ejecutivo Independiente terminado se "trasladará" al Patrocinador ascendente activo registrado.
- El Ejecutivo Independiente terminado involuntariamente por la Compañía no puede volver a solicitar negocios, ya sea con su nombre actual o con cualquier otro nombre o entidad, sin el consentimiento expreso y por escrito de la Compañía Tras una revisión por parte de la Compañía Comité de Cumplimiento. En cualquier caso, dicho Ejecutivo Independiente no podrá volver a solicitar un negocio durante doce (12) meses a partir de la fecha de terminación.
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La Compañía se reserva el derecho de terminar el negocio de un Ejecutivo Independiente por, pero no limitado a, las siguientes razones:
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Efecto de la cancelación
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Después de la cancelación de un Ejecutivo Independiente por inactividad o terminación voluntaria o involuntaria (colectivamente, una "cancelación"), dicho Ejecutivo Independiente:
- No tendrá ningún derecho, título, reclamación o interés sobre ninguna comisión o bonificación de las ventas generadas por la organización anterior del Ejecutivo Independiente o cualquier otro pago en asociación con el antiguo negocio independiente del Ejecutivo Independiente;
- Renuncia efectivamente a todos y cada uno de los reclamos de derechos de propiedad o cualquier interés en o para la antigua organización de línea descendente del Ejecutivo Independiente; y
- Recibirán comisiones y bonificaciones solo por el último período de pago completo en el que estuvieron activos antes de la cancelación, menos los montos retenidos durante una investigación que precedió a una cancelación involuntaria, y menos cualquier otro monto adeudado a la Compañía.
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Después de la cancelación de un Ejecutivo Independiente por inactividad o terminación voluntaria o involuntaria (colectivamente, una "cancelación"), dicho Ejecutivo Independiente:
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Modificación del Acuerdo de Ejecutivo Independiente
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GARANTÍAS Y LIMITACIONES DE RESPONSABILIDAD
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Garantía; Renuncia
- La compañía está dedicada al ofrecimiento de servicios de educación y capacitación financiera y empresarial mediante la plataforma digital de Therus Network, y por lo tanto la Compañía garantiza a los Clientes y Ejecutivos Independientes que el producto de servicio digital tal como sea entregado por la Compañía se ajustará sustancialmente a las especificaciones y descripciones proporcionadas por la Compañía en su sitio web o en sus Materiales Oficiales de la Compañía.
- La única obligación de la Compañía para con los Clientes y los Ejecutivos Independientes, y el único y exclusivo recurso de los Clientes y los Ejecutivos Independientes, en caso de incumplimiento de esta garantía será reparar o reemplazar cualquier producto de servicio digital defectuoso o no conforme o emitir un crédito o reembolso por el precio de compra pagado por dicho producto, a opción y discreción de la Compañía.
- EN LA MEDIDA MÁXIMA PERMITIDA POR LA LEY APLICABLE, LA COMPAÑÍA SE LIBERA DE CUALQUIER OTRA FORMA DE GARANTÍA CON RESPECTO AL PRODUCTO DE SERVICIO DIGITAL, A LA OPORTUNIDAD DE VENTA, A LOS MATERIALES DE MARKETING DE LA COMPAÑÍA, LOS SUMINISTROS COMERCIALES DE LA COMPAÑÍA Y CUALQUIER OTRO TEMA DEL ACUERDO EJECUTIVO INDEPENDIENTE, YA SEA EXPRESO, IMPLÍCITO O ESTATUTARIO, INCLUIDAS LAS GARANTÍAS DE COMERCIABILIDAD, IDONEIDAD PARA UN PROPÓSITO PARTICULAR, TÍTULO, LA NO INFRACCIÓN, LA EXACTITUD O INTEGRIDAD DEL CONTENIDO, LOS RESULTADOS, LA FALTA DE NEGLIGENCIA O LA FALTA DE ESFUERZO PROFESIONAL Y LA CORRESPONDENCIA CON LA DESCRIPCIÓN.
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Limitación de responsabilidad
- SIN PERJUICIO DE CUALQUIER DISPOSICIÓN EN CONTRARIO EN EL PRESENTE DOCUMENTO O DE CUALQUIER FALLA EN EL PROPÓSITO ESENCIAL, EN NINGÚN CASO LA COMPAÑÍA, INCLUIDA CUALQUIERA DE SUS PARTES RELACIONADAS, SERÁ RESPONSABLE ANTE EL CLIENTE O UN EJECUTIVO INDEPENDIENTE POR DAÑOS ESPECIALES, INCIDENTALES, INDIRECTOS, PUNITIVOS O EJEMPLARES, O CONSECUENTES DE CUALQUIER TIPO O NATURALEZA, INDEPENDIENTEMENTE DE SU CAUSA, QUE SURJAN O ESTÉN RELACIONADOS CON EL ACUERDO EJECUTIVO INDEPENDIENTE O EL OBJETO DEL MISMO (INCLUIDOS, ENTRE OTROS, EL SERVICIO DIGITAL PRODUCTO, LA OPORTUNIDAD, MATERIALES DE MARKETING DE LA EMPRESA O SUMINISTROS COMERCIALES DE LA EMPRESA), YA SEA QUE DICHA RESPONSABILIDAD SE AFIRME SOBRE LA BASE DE UN CONTRATO, AGRAVIO U OTRA TEORÍA DE RESPONSABILIDAD (INCLUIDAS, ENTRE OTRAS, LA NEGLIGENCIA O LA RESPONSABILIDAD ESTRICTA), O DE OTRO MODO, INCLUSO SI EL CLIENTE O EL EJECUTIVO INDEPENDIENTE (O CUALQUIERA DE SUS PARTES RELACIONADAS) HAN SIDO ADVERTIDOS DE LA POSIBILIDAD DE DICHOS DAÑOS. EN LAS JURISDICCIONES QUE NO DAN EFECTO A LA RESPONSABILIDAD LIMITADA O A LAS CLÁUSULAS EXCULPATORIAS, ESTA DISPOSICIÓN NO ES APLICABLE. EN JURISDICCIONES QUE PERMITEN CLÁUSULAS EXCULPATORIAS O DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE MANERA LIMITADA, ESTA DISPOSICIÓN ES APLICABLE EN LA MAYOR MEDIDA PERMITIDA POR LA LEY DE DICHA JURISDICCIÓN.
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Garantía; Renuncia
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SANCIONES DISCIPLINARIAS
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Imposición de medidas disciplinarias - Objeto
- La Compañía se reserva el derecho de imponer sanciones disciplinarias en cualquier momento, cuando haya determinado que un Ejecutivo Independiente ha violado estas Políticas y Procedimientos, ya que pueden ser modificados de vez en cuando por la Compañía.
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Consecuencias y recursos del incumplimiento
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Las medidas disciplinarias pueden incluir una o más de las siguientes:
- Monitorear la conducta de un Ejecutivo Independiente durante un período de tiempo específico para asegurar el cumplimiento;
- Emisión de una advertencia por escrito y/o exigir al Ejecutivo Independiente que tome medidas correctivas inmediatas;
- Imposición de una multa (que puede imponerse inmediatamente o retenerse de futuros pagos de comisiones) o la retención de pagos de comisiones ("Retención de comisiones") hasta que se resuelva el asunto que causa la retención de comisiones o hasta que la Compañía recibe garantías adicionales adecuadas del Ejecutivo Independiente para garantizar el cumplimiento futuro;
- Suspensión de la participación en eventos, recompensas o reconocimientos de la Compañía o de Ejecutivos Independientes;
- La suspensión del Acuerdo de Ejecutivo Independiente de la Compañía y los negocios por uno o más períodos de pago;
- Terminación involuntaria del Acuerdo de Ejecutivo Independiente;
- Cualquier otra medida que la Compañía considere factible y apropiado resolver de manera justa los daños causados por las violaciones de la Política del Ejecutivo Independiente; O
- Procedimientos legales para obtener una compensación monetaria y/o equitativa.
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Las medidas disciplinarias pueden incluir una o más de las siguientes:
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Imposición de medidas disciplinarias - Objeto
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RECLAMOS Y RESOLUCIÓN DE DISPUTAS
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Reclamos
- Si un Ejecutivo Independiente tiene una queja o reclamo contra otro Ejecutivo Independiente con respecto a cualquier práctica o conducta relacionada con sus respectivos Compañía empresas, se les anima a resolver el problema directamente entre ellas. Si surge una disputa fuera del alcance del negocio de la Compañía, entonces los Ejecutivos Independientes no deben involucrar a la Compañía a menos que sea perjudicial para la Compañía e impida el cumplimiento de las obligaciones del Ejecutivo Independiente(s) en virtud del presente documento.
- La Compañía será la autoridad final para resolver dicho agravio o queja con respecto alEjecutivo Independiente y la decisión escrita de la Compañía será definitiva y vinculante para los Ejecutivos Independientes involucrados.
- La Compañía limitará su participación a las controversias relativas a Compañía Solo en asuntos comerciales. La Compañía no decidirá asuntos que impliquen conflictos de personalidad o conducta no profesional por o entre Ejecutivos Independientes fuera del contexto de negocios de la Compañía. Estas cuestiones van más allá del ámbito de la Compañía y no se puede utilizar para justificar un cambio de Patrocinador o de Ubicación o una transferencia a otro Compañía organización.
- La Compañía no considera, hace cumplir ni mediar en acuerdos de terceros entre Ejecutivos Independientes, ni proporciona nombres, fondos o asesoramiento para obtener asesoramiento legal externo.
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Proceso de quejas:
- El Ejecutivo Independiente deberá presentar una carta de queja por escrito (no se aceptará correo electrónico) directamente a la Compañía al Departamento de Cumplimiento. En la carta se expondrán los detalles del incidente de la siguiente manera:
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Reclamos
- La naturaleza de la violación;
- Hechos concretos que respalden las acusaciones;
- Fecha(s) y número(s) de ocurrencias;
- Personas involucradas; y
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Documentación acreditativa.
- Una vez recibida la denuncia por escrito, la Compañía llevará a cabo una investigación de acuerdo con los siguientes procedimientos:
- El Departamento de Cumplimiento enviará un acuse de recibo al Ejecutivo Independiente reclamante.
- El Departamento de Cumplimiento proporcionará una notificación verbal o escrita de la acusación al Ejecutivo Independiente bajo investigación si la Compañía considera que los hechos justifican una investigación. Si se envía una notificación por escrito al Ejecutivo Independiente, éste tendrá cinco (5) días hábiles a partir de la fecha de la carta de notificación para presentar toda la información relacionada con el incidente para su revisión por parte de la Compañía.
- El Departamento de Cumplimiento investigará a fondo la queja y considerará toda la información presentada que considere relevante, incluida la información de fuentes colaterales. Debido a la naturaleza única de cada situación, las determinaciones del remedio apropiado se tomarán caso por caso, y el período de tiempo para llegar a una resolución variará.
- Durante el curso de la investigación, el Departamento de Cumplimiento solo proporcionará actualizaciones periódicas simplemente indicando que la investigación está en curso. No se dará a conocer ninguna otra información durante ese tiempo. Las llamadas, cartas y solicitudes de "informes de progreso" del Ejecutivo Independiente durante el curso de la investigación no serán respondidas ni devueltas.
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La Compañía se reserva el derecho de tomar cualquier acción disciplinaria preliminar, ya que la investigación está en curso a su entera discreción en función de los hechos individuales.
- La Compañía tomará una decisión final y notificará oportunamente a los Ejecutivos independientes involucrados.
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Resolución de disputas
- Consulte los T&C y la disposición específica de Resolución de Disputas para comprender cómo se deben manejar las disputas que un Ejecutivo Independiente pueda tener contra la Compañía y/o que la Compañía pueda tener contra un Ejecutivo Independiente. https://business.therusnetwork.com/es/user/cr/infinity/page/disputes-resolution
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DISPOSICIONES VARIAS
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Divisibilidad
- Si se determina que alguna disposición de estas Políticas y Procedimientos es inválida o inaplicable por cualquier motivo, solo se eliminará la disposición inválida, pero se interpretará en la medida de lo posible con la intención de la disposición original de acuerdo con la ley aplicable. El resto de los términos y disposiciones del presente permanecerán en pleno vigor y efecto y se interpretarán como si dicha disposición inválida o inaplicable nunca hubiera formado parte de estas Políticas y Procedimientos.
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Renuncia
- Sólo un funcionario de la Compañía puede, por escrito, efectuar una renuncia a las Políticas y procedimientos de la Compañía. La renuncia de la Compañía ante cualquier incumplimiento o acción particular de un Ejecutivo Independiente no afectará a la Compañía con respecto a cualquier incumplimiento posterior, ni afectará los derechos u obligaciones de cualquier otro Ejecutivo Independiente. Una renuncia en un caso particular no constituye una renuncia en ningún otro momento para ese Ejecutivo Independiente o para cualquier otro Ejecutivo Independiente que probablemente se encuentre.
- La existencia de cualquier reclamación o causa de acción de un Ejecutivo Independiente contra la Compañía no constituirá una defensa contra la Compañía de cualquier término o disposición de estas Políticas y Procedimientos.
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Sucesores y reclamaciones
- Este Acuerdo será vinculante y redundará en beneficio de las Partes y sus respectivos sucesores y cesionarios.
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Divisibilidad
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DEFINICIONES
- ACUERDO: El contrato entre la Compañía y cada Ejecutivo Independiente; incluye los Términos y Condiciones, el Acuerdo de Ejecutivo Independiente, las Políticas y Procedimientos de la Compañía, el Plan de Compensación de la Compañía y todos los demás formularios aplicables incorporados en este documento, todos en su forma actual y modificados por la Compañía a su entera discreción. Estos documentos se denominan colectivamente el "Acuerdo", pero también pueden denominarse en el presente documento las "Políticas y Procedimientos" o estas "Políticas".
- CANCELAR: La terminación de los negocios de un Ejecutivo Independiente. La cancelación puede ser voluntaria, involuntaria o por no renovación.
- CLIENTE: Un Cliente que compra productos de la Compañía y no se dedica a la creación de un negocio o a la venta minorista de productos.
- COLOCACIÓN: Su posición dentro de la organización de su Patrocinador.
- DÍAS HÁBILES: De lunes a viernes, excluyendo los fines de semana de sábado y domingo. Si un día dentro de un período de días hábiles, a efectos de cómputo, cae de lunes a viernes en el que hay un feriado nacional en el que, por ejemplo, los bancos federales están cerrados, entonces ese día no contará como un día hábil.
- EJECUTIVO INDEPENDIENTE ACTIVO: Un Ejecutivo Independiente que cumple con los requisitos de volumen mínimo, si los hubiera, ha pagado los honorarios requeridos y permanece al día según las Políticas y Procedimientos y es elegible para recibir bonificaciones y comisiones según el Plan de Compensación.
- EJECUTIVO INDEPENDIENTE: Un término genérico para cualquier persona o entidad que haya completado el Acuerdo de Ejecutivo Independiente con la Compañía y haya cumplido con todos los requisitos para participar dentro de la trayectoria profesional. Un Ejecutivo Independiente es capaz de reclutar a otros Ejecutivos Independientes, vender productos y servicios, y construir un negocio en la Compañía y ganar bonificaciones y comisiones a través de ventas minoristas.
- ENTIDAD COMERCIAL: Cualquier entidad corporativa, incluidas, entre otras, empresas unipersonales, corporaciones, compañías de responsabilidad limitada, sociedades o fideicomisos.
- LÍNEA ASCENDENTE: Este término se refiere al Ejecutivo Independiente o Ejecutivos Independientes por encima de un Ejecutivo Independiente en particular en una línea de patrocinio de la Compañía. Es la línea de patrocinadores que vincula a cualquier Ejecutivo Independiente en particular con la Compañía.
- LÍNEA DE PATROCINIO (LOS): Un informe generado por la Compañía que proporciona datos críticos relacionados con las identidades de los Ejecutivos Independientes, información de ventas y actividad de inscripción de la organización de cada Ejecutivo Independiente. Este informe contiene información confidencial y de secreto comercial que es propiedad de la Compañía.
- MATERIAL OFICIAL DE LA COMPAÑÍA: Literatura, cintas de audio o video y otros materiales desarrollados, impresos, publicados y distribuidos por la Compañía a Ejecutivos Independientes.
- ORGANIZACIÓN: Los Clientes y el Ejecutivo Independiente colocados por debajo de un Ejecutivo Independiente en particular.
- PARTES RELACIONADAS: Afiliados, propietarios, miembros, gerentes y empleados de la empresa.
- PATROCINADOR: Un Ejecutivo Independiente que inscribe a un Cliente u otro Ejecutivo Independiente en la Compañía, y figura como el Patrocinador en el Acuerdo de Ejecutivo Independiente. El acto de inscribir a otros y capacitarlos para convertirse en Ejecutivos Independientes se llama "patrocinio".
- PLAN DE COMPENSACIÓN: Las pautas y la literatura de referencia para describir cómo los Ejecutivos Independientes pueden generar bonificaciones y comisiones.
- RECLUTAR: A los efectos de la Política de Conflicto de Intereses de la Compañía, el término "Reclutar" significa la solicitud, inscripción, estímulo o esfuerzo real o intentado para influir de cualquier otra manera, ya sea directa o indirectamente o a través de un tercero, a otro Ejecutivo Independiente o Cliente de la Compañía para inscribirse o participar en otra oportunidad de marketing multinivel, mercadeo en red o ventas directas.
- REVENDIBLE: Los productos se considerarán "revendibles" si se cumple cada uno de los siguientes elementos: 1) están sin abrir y sin usar, 2) el embalaje y el etiquetado originales no han sido alterados o dañados, 3) están en condiciones tales que es una práctica comercialmente razonable dentro del comercio vender la mercancía a precio completo, y 4) el producto contiene el etiquetado actual de la Compañía. Cualquier mercancía que esté claramente identificada en el momento de la venta como no retornable, descontinuada o como un artículo de temporada, no se podrá revender.
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VALIDEZ Y VIGENCIA
- La modificación de estas “Políticas y Procedimientos” se ha llevado a cabo en los términos permitidos por la Sección 14 según de los T&C que permite a Therus Network modificar en cualquier momento sus T&C y todos los otros documentos legales relacionados al Adherente y al Representante Independiente.
- Las presentes “Políticas y Procedimientos” entran en vigencia al sexto día después de su divulgación en el sitio web oficial de la Compañía.
- La entrada en vigencia conforme con los términos anteriores no puede interpretarse en detrimento del derecho de la compañía de modificar en cualquier momento sus T&C y todos los otros documentos legales relacionados al Adherente y al Representante Independiente.
-----ULTIMA LÍNEA-----
Ultima revisión. Fecha de Divulgación: 9 de marzo de 2025.
Fecha de entrada en vigencia: 15 de marzo de 2025.